MADRID, 3 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Nacional ha ordenado eliminar del convenio de las industrias cárnicas la cláusula que posibilitaba que los empresarios del sector utilizaran 120 horas de distribución irregular de la jornada fuera del año natural, al considerar que es ilegal.
De esta forma, la Audiencia da la razón a la Federación Agroalimentaria de CC.OO, en contra de las patronales cárnicas y de UGT, según ha señalado en un comunicado dicha federación.
"Si bien es cierto que el empresario dispone de 120 horas de distribución irregular, éstas solo se pueden utilizar dentro del año natural, por lo que si finalizado el año, el trabajador hubiera realizado una jornada anual inferior a 1.770 horas, por razones no imputables a él, debe cobrar el salario anual, sin tener que recuperar ninguna hora, al contrario de lo que decía el convenio", ha explicado CC.OO.
Asimismo, según la federación agroalimentaria de CC.OO., el empresario tampoco puede obligar al trabajador teniendo en cuenta la gestión de las 120 horas de distribución irregular a que éste supere las 1.770 horas al año, ya que serían horas extraordinarias y por tanto la realización por el trabajador sería voluntaria y retribuida o compensada como tal, y no como obligatorias y ordinarias como pretendía y posibilitaba el convenio.
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