BARCELONA, 19 (EUROPA PRESS)
El Juzgado Social número 1 de Mataró (Barcelona) ha sentenciado que Aigües de Mataró debe devolver parte del recorte que aplicó en el sueldo de sus trabajadores en 2012 por el Real Decreto 20/2012, que fijaba la reducción del sueldo para los empleados públicos en España, argumentando que el ajuste debe aplicarse en el salario a partir de la entrada en vigor de la norma, y no al sueldo de todo el año.
Así, la empresa debía haber contabilizado el ajuste a partir del 15 de julio, y deberá devolver a los trabajadores la parte proporcional que les retiró de las pagas extra por incluir también el periodo anterior, ha informado el Col·lectiu Ronda en un comunicado.
El colectivo de abogados ha señalado que se trata de la primera sentencia en Cataluña que admite el derecho de los trabajadores del sector público a percibir una parte de la paga extra que se les suprimió en 2012.
En enero, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid resolvió como ahora lo ha hecho el juzgado de Mataró para el personal laboral de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid.
Entonces, se cifró en más de 360 millones de euros la cantidad que deberían abonar las administraciones públicas si debiesen aplicar esta devolución porque la reclamasen todos los empleados afectados.