Economía

La cúpula judicial seguirá eligiéndola el Parlamento

Foto: Archivo.

El Consejo de Ministros ha acordado hoy remitir el proyecto de ley de reforma del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al Congreso de los Diputados para su aprobación, no sin antes, como es costumbre, introducir una serie de modificaciones al Anteproyecto de Ley aprobado por el Gobierno el pasado 21 de diciembre.

Según explicaba ayer el Ministerio de Justicia en una nota, el objetivo de esta norma es garantizar la representación de toda la carrera judicial en el órgano de gobierno de los jueces, el CGPJ, al facilitar la elección de jueces y magistrados en activo que no pertenezcan a una asociación judicial.

Según el texto, cualquier juez podrá presentar su candidatura a vocal del CGPJ con la única condición de aportar el aval de 25 jueces o magistrados en servicio activo o el de una asociación judicial. Cada juez o asociación podrá a su vez avalar a un máximo de 12 candidatos.

Todas las candidaturas, las cuales ya no necesitarán formarse por 36 miembros, como sucede ahora, se remitirán a las Cámaras para que cada una elija los seis vocales judiciales que les corresponde.

En su designación, se espera que el Parlamento procure respetar la proporción existente en la carrera judicial entre afiliados y no afiliados y, como mínimo, la proporción de tres magistrados del Tribunal Supremo, tres con más de 25 años de antigüedad, cuatro con menos y otros dos jueces.

Si el día de la constitución de este órgano una de las dos cámaras no ha procedido a la elección de los vocales que le corresponden, el Consejo se constituirá con los diez nuevos designados por la otra cámara y los diez que en su día eligió la que ha incumplido el plazo.

Una norma inconstitucional

José Luis González Armengol, decano de los jueces de Madrid y por tavoz de la Asociación Francisco de Vitoria, explicó a elEconomista que es una norma que será declarada anticonstitucional, puesto "que elimina la separación de poderes, precisamente en unos momentos en que la corrupción política que existe en España hace más necesaria que nunca la independencia judicial para evitar la intervención política en el mundo judicial". Por el contrario, el ministro de Justicia, que ya informó el 6 de julio al Consejo de Ministros del primer informe para la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial -LOPJ- (realizado a partir de la propuesta de la Comisión institucional de expertos creada el 2 de marzo), explicó que las dos fórmulas utilizadas hasta ahora para la elección de vocales son perfectamente constitucionales, tanto si las Cortes eligen a los veinte vocales como si sólo se ocupa de ocho de ellos, dejando en manos de los propios jueces y magistrados la designación del resto.

El texto fija que sean las Cortes quienes elijan por mayoría de tres quintos a los veinte vocales del CGPJ: el Congreso designará a cuatro juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional y a otros seis correspondientes al turno judicial, y el Senado a otros tantos.

El proyecto informa que todos los vocales del Consejo, salvo los seis que formen parte de la Comisión Permanente y el que sea nombrado vicepresidente del CGPJ, permanecerán en servicio activo en la carrera judicial o en el cuerpo funcionarial al que pertenezcan o ejerciendo la actividad profesional que estén desempeñando en el momento de su nombramiento.

El Gobierno también ha aprobado de forma paralela el proyecto de ley que suspende dos artículos de la actual LOPJ para conseguir que la próxima renovación del Consejo se haga según los criterios marcados en la ley en tramitación.

En el proyecto de ley se prevé expresamente la renuncia de cargo incompatible con el cargo de vocal si resulta elegido para los vocales de turno de juristas de reconocida competencia, y se acoge la sugerencia de que se aclare si hay incompatibilidad o no de ese cargo de vocal de origen judicial con otros cargos gubernativos del Consejo.

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