SANTIAGO DE COMPOSTELA, 18 (EUROPA PRESS)
La Audiencia provincial de A Coruña ha desestimado el recurso de apelación de la Fiscalía del Tribunal Superior de Xustiza (TSXG) de Galicia sobre la demanda colectiva de afectados por participaciones preferentes y obligaciones subordinadas de Novagalicia Banco.
En un auto con fecha del 15 de febrero de 2013, la Sección Tercera de la Audiencia resuelve que resulta "inexcusable el análisis de cada caso concreto" de los titulares de este tipo de productos financieros, por lo que el Ministerio Fiscal "solo tiene legitimación para la acción de cesación".
"No puede calificarse como de colectiva la que se denomina como acción de nulidad y resarcimiento, por la falta de información o los vicios de consentimiento, existiendo derechos individuales y subjetivos específicos de cada persona que intervino en los contratos", argumentan los tres magistrados.
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