La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda que amplía la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) y que flexibiliza el marco de actuación de estas instituciones en instrumentos financieros derivados, entrará en vigor a partir de mañana, según figura hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
MADRID, 2 (EUROPA PRESS)
Esta modificación, que llega diez años después de la primera orden, mantiene un adecuado nivel de protección de los inversores, como se pone de manifiesto, entre otros cambios realizados, en la ampliación de los activos subyacentes que son considerados aptos para la inversión por parte de las IIC de caracter financiero.
La Orden Ministerial enumera los instrumentos financieros susceptibles de utilización por parte de estas instituciones, la finalidad de las operaciones realizadas con derivados así como los requisitos específicos de los instrumentos derivados no negociados en mercados organizados de derivados.
Además, especifica que las Sicav y las sociedades gestoras de las IIC deberán remitir información detallada sobre estas operaciones a a socios y partícipes, así como a solicitud de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), e indica que este organismo se encargará de establecer los modelos para ello.
Asimismo, se incorpora al ordenamiento jurídico español la directiva europea en la materia, que pretende garantizar una aplicación uniforme del derecho comunitario en toda la Unión Europea y, de esta forma, reducir la inseguridad jurídica de quienes invierten en el mercado al clarificar con mayor detalle los activos que se consideran aptos.
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