Economía

Economía/Fiscal.- El PP incluye sólo sus enmiendas a la reforma tributaria y deja las de la oposición para el martes

MADRID, 15 (EUROPA PRESS)

El PP ha aceptado únicamente sus enmiendas al proyecto de ley de Medidas Tributarias para la Consolidación de las Finanzas Públicas, que ya ha superado el trámite de Ponencia, y dejará las propuestas de la oposición para el debate en la Comisión de Hacienda del Congreso, que se celebrará el próximo martes a partir de las 11.30 horas.

La norma, que deberá entrar en vigor el próximo 1 de enero, recoge medidas como el establecimiento de un nuevo gravamen a los premios de lotería superiores a 2.500 euros, la anulación de las desgravaciones por compra de vivienda, la limitación de las bonificaciones del Impuesto de Sociedades y la continuidad del Impuesto de Patrimonio en 2013.

Con la incorporación de las enmiendas del PP, se precisan aspectos como los premios sujetos al nuevo gravamen, que ya no serán los que resulten de apuestas o participaciones de al menos un euro sino de medio euro, con lo que la cuantía máxima exenta se reducirá de forma proporcional a esa cantidad.

Además, se introduce un proceso de regularización de bienes inmobiliarios en el Catastro según el cual quienes no tengan al día la información en dicho registro deberán satisfacer las cuotas pendientes de pago y una tasa de 60 euros --que desaparecerá una vez finalice el proceso de revisión--, pero no sufrirán ninguna multa.

OTROS CAMBIOS

Por otra parte, las enmiendas 'populares' introducidas ya al dictamen abren la puerta a que las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades, los contribuyentes del IRPF que realizan actividades económicas y los del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que operan en territorio español realicen una actualización monetaria de su último balance a lo largo de 2013 con el objetivo de "adaptar los valores contables" al IPC y evitar tensiones inflacionistas.

El proyecto de ley ha sido modificado asimismo en aspectos concernientes a los tributos locales, excluyendo de la exención del IBI a los inmuebles de Patrimonio Histórico objeto de una explotación económica carente de interés general --salvo si son propiedad de alguna administración pública--, y creando una bonificación para que los ayuntamientos que lo deseen puedan continuar beneficiando fiscalmente a dichos edificios.

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