Madrid, 13 jul (EFECOM).- El Gobierno podrá vetar, durante un tiempo máximo de un año, a las empresas que tienen contratos con la Administración y que incumplan los criterios sociales y medioambientales que se hayan incluido previamente en el acuerdo entre ambas partes.
Según explicaron hoy fuentes del Ministerio de Economía, esta medida se incluye en el proyecto de Ley de Contratos del Sector Público, aprobado el 7 de julio por el Consejo de Ministros, que pretende introducir en la legislación nacional el uso de los citados criterios en los procesos de contratación pública.
Esta reforma "global", que sustituye en su totalidad a la vigente, pretende eliminar trabas a los licitadores y rigideces del sistema anterior y aumentar la competencia y la transparencia de la contratación pública, a la que se dedica entre un trece y un quince por ciento del Producto Interior Bruto.
La inclusión de los criterios sociales y medioambientales en el contrato se evaluará de forma especial a la hora de adjudicarlo, y una vez firmado serán condiciones esenciales, cuyo incumplimiento puede dar lugar a sanciones o a la rescisión del contrato e incluso, si se estiman incumplimientos graves, a la prohibición de contratar hasta un año con la Administración.
Otra de las novedades del proyecto es la supresión de la garantía provisional por parte de los licitadores, que suponía el dos por ciento del precio de licitación.
En vez de dicha garantía, a las empresas que retiren su proposición contractual de forma injustificada se les prohibirá volver a tener relación con la Administración durante hasta un máximo de cinco años.
También se evaluará con una puntuación especial la posibilidad de que los licitadores puedan hacer sus ofertas con un precio cerrado.
Además, la presentación de documentación previa a la adjudicación se limitará a un certificado del registro de licitadores y a la publicidad electrónica gratuita, con valor legal en determinados supuestos.
En cuanto a los procedimientos de adjudicación, se incorporan nuevas figuras para tratar de hacerlos más adecuados, como el contrato "negociado con publicidad", para los de hasta un millón de euros en obras y de hasta 100.000 euros en otros contratos, así como que el de "diálogo competitivo" para contratos especialmente complejos.
Para este última forma de adjudicación, se permite que las prestaciones que se hagan no se especifiquen desde el principio, sino que se vayan acordando de forma progresiva.
En este proyecto se incluye el principio de transparencia a los que ya deben regir en la contratación pública -publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación- si bien se limita con el trato confidencial a determinada información.
Según las citadas fuentes, cuando se valore la propuesta de un licitador, el criterio sólo será el precio, si no concurren "otras circunstancias".
Habrá casos especiales, como aquellos en los que más del cincuenta por ciento de los criterios sean subjetivos, es decir, no cuantificables, en los que deberá actuar un comité de expertos. EFECOM
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