BRUSELAS, 8 (EUROPA PRESS)
El Tribunal General de la UE (TUE) ha desestimado este jueves el recurso de la compañía energética Iberdrola contra la decisión de la Comisión Europea de 2009 que declaró ilegal el régimen fiscal español que concedía ventajas fiscales a las empresas que compraran compañías extranjeras y obligó a devolver las ayudas recibidas.
IBERDROLA (IBE.MC)se benefició de este régimen para comprar la empresa energética escocesa Scottish Power en 2006. La compañía adquirió además en 2008 y 2009 participaciones en el grupo griego Metal Industry of Arcadia.
En su sentencia de este jueves, el Tribunal General desestima el recurso de Iberdrola por inadmisible al considerar que la compañía española "no se ve individualmente afectada por la decisión impugnada".
El motivo es que Iberdrola no ha tenido que devolver las ayudas recibidas al comprar Scottish Power porque la decisión de la Comisión permitió que este régimen siguiese aplicándose (y que por tanto los importes correspondientes no tuvieran que devolverse) a las adquisiciones realizadas antes del 21 de diciembre de 2006.
En lo que respecta a las operaciones posteriores al 21 de diciembre de 2007, el Tribunal General señala que Iberdrola no ha aportado ningún dato dirigido a demostrar que el régimen controvertido se aplicó a sus adquisiciones de participaciones en el grupo griego.
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