Economía

UE Tribunal Justicia condena a España por restringir derechos voto a extranjeras

La ley había sido adoptada a fines de 1999, en el momento en el que el grupo francés EDF (Electricité de France) buscaba ingresar al mercado español con la compra de la compañía Hidrocántabrico.

BRUSELAS (Thomson Financial) - El Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que España ha incumplido sus obligaciones con la normativa europea al mantener vigente una ley, conocida como la ley Rato, que limita los derechos de voto de las compañías extranjeras en las empresas energéticas españolas.

La legislación prevé que en caso de adquisición por parte de empresas estatales de más del 3% de las acciones o de los derechos de voto en compañías energéticas españolas, los derechos correspondientes a las acciones que superan ese límite estarán sujetos a autorización del gobierno español.

Si bien España había modificado esa ley en 2003 como consecuencia de una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo en mayo de ese año, la Comisión Europea había considerado que los cambios propuestos no suponían la plena ejecución del fallo y por ello había interpuesto un recurso en 2005.

Según Bruselas, la legislación supone 'una restricción injustificada a las normas del Tratado (de la Unión Europea) que garantizan la libre circulación de capitales'.

Este jueves, el TJE dio razón a la Comisión y condenó a España por haber 'incumplido' con las obligaciones que le impone el derecho comunitario.

tfn.europemadrid@thomson.com

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