Empresas y finanzas

Tribunal condena España por no adaptar leyes aplicables en caso insolvencia

Bruselas, 29 nov (EFECOM).- El Tribunal de Justicia de la UE ha condenado a España por incumplir las leyes europeas al no adaptar a su ordenamiento jurídico en el plazo previsto la normativa que garantiza la protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario.

La sentencia, dictada hoy, recuerda que España debía haber incorporado a su derecho interno antes del 8 de octubre de 2005 las disposiciones de esa Directiva, que pretende aproximar las legislaciones de los países en ese ámbito.

El Tribunal recuerda que aunque las autoridades españolas habían comenzado a trasponer la citada legislación, "al expirar dicho plazo aún no se habían adoptado todas las medidas necesarias" para garantizar su incorporación al ordenamiento jurídico español.

Por ello, considera "fundado" el recurso interpuesto en su día por la Comisión Europea (CE) contra España.

La sentencia señala además que en su respuesta al recurso de la CE, España reconoció no haber concluido la adaptación de la normativa en el plazo establecido y que argumentó el "carácter mínimo" de las modificaciones que debía llevar a cabo a tal efecto.

El Tribunal de Justicia recuerda que la existencia de un incumplimiento debe apreciarse en función de la situación del Estado miembro tal como ésta se presentaba al final del plazo señalado en el dictamen motivado de la Comisión (segunda fase del procedimiento de infracción comunitario), que concluyó en septiembre de 2006.

"En el presente caso, consta que al expirar dicho plazo aún no se habían adoptado todas las medidas necesarias para garantizar la adaptación del ordenamiento jurídico español a lo dispuesto en la Directiva de 2002", señala la sentencia.

La Comisión Europea había pedido al Tribunal de Justicia que declarara que España había incumplido las leyes comunitarias por ese motivo. EFECOM

mb/txr

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