Economía

Economía/Legal.- La justicia europea impide a Bang & Olufsen registrar la forma de un altavoz como marca

BRUSELAS, 6 (EUROPA PRESS)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este jueves que la empresa danesa de productos electrónicos de lujo Bang & Olufsen no puede registrar la forma de uno de sus altavoces como marca comunitaria.

La sentencia señala que "el registro no es posible porque la marca está constituida exclusivamente por la forma de este altavoz que confiere un valor intrínseco al producto".

Bang & Olufsen solicitó el registro en 2003 a la Oficina de Armonización del Mercado Interior, con sede en Alicante. Pero la OAMI rechazó la solicitud por considerar que la marca carecía de carácter distintivo, una decisión que la empresa danesa recurrió ante la justicia europea.

En su sentencia de este jueves, el TUE recuerda que la legislación comunitaria prohíbe el registro de los signos constituidos exclusivamente por la forma que afecte al valor intrínseco del producto.

En este sentido, señala que el signo cuyo registro pide Bang & Olufsen es un elemento esencial de la estrategia de marca y aumenta el valor del producto y que esta forma es percibida como una "escultura pura" para la reproducción de música, lo que la convierte en un "elemento intrínseco" en tanto que argumento de promoción de venta.

Por ello rechaza el recurso de la compañía danesa.

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