Dice un viejo aforismo que la Justicia que llega tarde no es Justicia. Eso deben pensar buena parte de los propietarios de pisos vacíos que, sin embargo, renuncian a los ingresos que podrían obtener de alquilarlo por miedo a situaciones tan habituales como los impagos o los desperfectos que puedan sufrir las viviendas.
Durante el año 2006 hubo 28.372 procesos judiciales relacionados con conflictos en arrendamientos urbanos. Sólo en el 5,6 por ciento de los casos el que tenía la razón era el inquilino. En el resto, en mayor o menor medida, la Justicia se puso del lado del propietario.
El principal motivo por el que acaban viéndose las caras en los tribunales casero y arrendatario son los impagos. Si ya en el conjunto de casos el dueño tiene la razón, cuando de lo que se trata es de no abonar la renta la proporción es todavía más amplia.
Demasiado tiempo de espera
Sin embargo, ¿de qué sirve un fallo favorable de los tribunales si llega demasiado tarde? En muchos casos, desde que se presenta la demanda hasta que se consigue que el inquilino salga del piso pasa más de un año, aunque las diferencias son notables según las ciudades, ya que el colapso de los juzgados no es el mismo en unas que en otras. Por ejemplo, en Madrid el proceso se puede prolongar año y medio, mientras en Barcelona se solventa en tres meses, según los datos que maneja el Ministerio de Justicia.
El Gobierno es consciente de esta situación y ha impulsado la creación de nuevos juzgados específicos sobre desahucios. Los seis primeros, que empezarán a funcionar en enero, estarán en Madrid, donde los retrasos son más acuciantes. Sin embargo, lo que deberá esperar es la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil para agilizar estos casos. Apenas se harán retoques en la norma, pero el final de la legislatura ha dado al traste con los planes de la nueva ministra, Carme Chacón, y del titular de Justicia, Mariano Fernández Bermejo.
Reivindicaciones
Los propietarios tienen claras sus exigencias: una mayor celeridad en las notificaciones, de forma que, si el inquilino elude darse por enterado del aviso judicial, el proceso pueda seguir adelante; la creación de un registro público de arrendatarios morosos, y que se acabe con la extensión durante un periodo mínimo de cinco años de un alquiler -los contratos son de un año pero se renuevan automáticamente hasta cinco ejercicios.
Andrés Vilacoba, abogado de la Asociación para la Defensa de los Propietarios de Vivienda, incide en que en la actualidad "todo son protecciones para el inquilino" y denuncia que, hasta que no acaba el pleito, el propietario no llega a cobrar, y eso si lo hace, porque muchas veces el arrendatario se declara insolvente. En ocasiones, lamenta Vilacoba, la única satisfacción es que uno recupera su casa, ya que entre los impagos, daños al piso y el proceso judicial, alquilar cuesta dinero.