
Bruselas, 17 dic (EFECOM).- Los sindicatos pueden movilizarse contra el dumping social, pero su acción no debe ser desproporcionada, según una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que tendrá gran impacto en el futuro de las relaciones laborales.
La decisión, relativa al litigio entre la empresa letona "Laval" y los sindicatos suecos de la construcción, concluye que estos actuaron de manera ilegal al bloquear las obras que la citada sociedad estaba llevando a cabo en una escuela con trabajadores letones desplazados a quienes pagaba un salario inferior al sueco.
Debido a la interrupción de las obras durante un tiempo, la empresa letona fue declarada en quiebra y los trabajadores desplazados regresaron a Letonia.
La sentencia ha caído como un jarro de agua fría sobre los sindicatos europeos, que se han declarado "sorprendidos" por una decisión que no esperaban y "decepcionados" por su posible impacto negativo respecto a los sistemas laborales de la UE.
El secretario general de la Confederación Europea de Sindicatos (CES), John Monks, indicó en rueda de prensa que el fallo cuestiona el modelo sueco de negociación colectiva, que sin embargo "es junto con Dinamarca un ejemplo en el área laboral".
El representante de los sindicatos europeos subrayó que la interpretación del Tribunal contradice los mensajes de "flexi-seguridad" que promociona Bruselas y advirtió de que puede tener consecuencias negativas para otros países "por la estrecha interpretación que hace de la Directiva sobre trabajadores desplazados".
"Además, puede tener implicaciones para la capacidad de los sindicatos de promover el trato igualitario y la protección de los trabajadores con independencia de su nacionalidad", alertó Monks.
El Tribunal consideró excesivas las medidas adoptadas por los sindicatos para obligar a la empresa letona a "negociar por tiempo indeterminado" el sueldo de los trabajadores letones, al no prever la legislación sueca un salario mínimo.
Para los jueces, las citadas condiciones "pueden hacer menos interesante, incluso más difícil para dichas empresas la ejecución de obras de construcción en el territorio sueco y constituyen, por este motivo, una restricción a la libre prestación de servicios".
Los jueces europeos ya habían reconocido el derecho de los sindicatos a emprender acciones colectivas contra el dumping social en otro caso similar sobre el que sentenciaron la pasada semana y en el que, a diferencia de hoy, respaldaron las acciones de los sindicatos.
Ese litigio enfrentaba a la naviera finlandesa Viking Line con el Sindicato Finlandés de Marinos (FSU) y la Federación Internacional de Trabajadores del Transporte.
Viking Line decidió en 2003 volver a abanderar el buque "Rosella" que operaba bajo pabellón finlandés haciendo el trayecto Helsinki-Tallin, y registrarlo en Estonia para poder competir con otras compañías.
El objetivo de la empresa era poder contratar una tripulación estonia y pagarle los sueldos de ese país, mucho más bajos que los salarios finlandeses.
A la medida se opuso la Federación Internacional de Trabajadores del Transporte, que dirigió una circular a todos sus afiliados pidiéndoles, bajo la amenaza de sanciones, que no entablaran negociaciones con Viking Line, lo que impidió que los sindicatos estonios llegaran a un acuerdo con esa empresa.
Paralelamente, el Sindicato Finlandés de Marinos (FSU) puso condiciones a la renovación del acuerdo sobre la tripulación del Viking Line.
En este caso, que no llegó a acciones concretas por parte de los sindicatos, el Tribunal de Justicia sentenció la pasada semana que la protección de los trabajadores puede justificar las acciones contra la libertad de las empresas de instalarse en cualquier país de la Unión.
Los sindicatos valoraron el reconocimiento por parte de los jueces de ese derecho fundamental a las acciones colectivas. EFECOM
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