Bruselas, 17 dic (EFECOM).- El Tribunal de Justicia de la UE dictará sentencia mañana sobre un litigio entre una empresa letona y los sindicatos suecos que puede tener gran trascendencia en las futuras relaciones laborales en Europa.
Los jueces fallarán sobre el llamado "caso Laval", que enfrenta desde 2004 al sindicato sueco de los trabajadores de la construcción y las obras públicas con la empresa de Letonia "Laval unt Partneri".
El litigio comenzó cuando la citada sociedad desplazó a trabajadores letones para realizar obras en Suecia pagándoles un salario letón, lo que motivó el rechazo de los sindicatos suecos, que exigieron a la empresa que respetara los convenios colectivos vigentes en el país.
En unas conclusiones publicadas el pasado mes de mayo, el abogado general de la UE reconoció el derecho sindical a adoptar acciones colectivas motivadas por objetivos de interés general y proporcionadas para obligar a una empresa de otro país de la Unión a suscribir el nivel salarial previsto en un convenio colectivo.
Aunque el Tribunal suele seguir el criterio del Abogado de la UE, no está vinculado por el mismo.
Los sindicatos europeos han convocado mañana una rueda de prensa coincidiendo con la publicación de esta sentencia y para tratar también el caso "Viking Line", sobre el que el Tribunal de la UE se pronunció la pasada semana.
En ese litigio, los jueces europeos sentenciaron que la protección de los trabajadores puede justificar las acciones sindicales contra la libertad de las empresas de instalarse en cualquier país de la Unión.
El Tribunal respondió así a las cuestiones planteadas por un tribunal de Finlandia sobre el caso de la naviera finlandesa Viking Line, que decidió en 2003 abanderar el buque "Rosella" que operaba bajo pabellón finlandés haciendo el trayecto Helsinki-Tallin, y registrarlo en Estonia.
El objetivo de la empresa era poder contratar una tripulación estonia y pagarle los sueldos de ese país, mucho más bajos que los salarios finlandeses.
El Tribunal precisó que sólo se podrán admitir esas medidas cuando tengan como objetivo proteger el empleo, se compruebe que son "adecuadas" para su realización y no vayan más allá de lo necesario, ya que de lo contrario violarían la legislación europea. EFECOM
mb jla
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