
El Consejo de Ministros ha aprobado la puesta en marcha del Fondo de Garantía del pago de alimentos, a través del que se concederá al padre o la madre que tenga la custodia de sus hijos una asignación económica en el caso de que el otro progenitor no abone la pensión alimenticia, y siempre que exista una resolución judicial.
El progenitor que tenga la guardia y custodia, y además tenga reconocido el pago de alimentos, podrá solicitar "anticipos reintegrables", que se limitarán a dieciocho meses y serán como mucho de 100 euros por menor, según las referencias del Consejo de Ministros.
Este fondo garantiza las pensiones a los hijos menores y a aquéllos que, aun siendo mayores de edad, tengan una discapacidad superior al 65%, según recoge Servimedia.
También asegura la pensión a los menores extranjeros residentes en España, siempre y cuando cuando sean nacionales de estados miembro de la Unión Europea. En el caso de que procedan de otros países no comunitarios, deberán haber residido legalmente en España un mínimo de cinco años y deberán contar con anticipos similares a los ciudadanos españoles en sus lugares de origen.
Qué se necesita
Para su concesión se exigirá "la acreditación rigurosa" de la situación económica de la unidad familiar en la que vivan los menores y se podrá determinar la urgencia cuando los ingresos sean bajos o cuando el solicitante sea objeto de violencia de género.
Además, las resoluciones favorables deberán haber sido dictadas por tribunales españoles y debe constar la exigencia de haber instado la ejecución de esta sentencia sin haber obtenido el pago, además de acreditarse la situación económica de la unidad familiar en la que vivan los menores.