Los consumidores afectados por el concurso de acreedores voluntario de la empresa Noriega tienen hasta el 22 de diciembre para solicitar a la Administración Concursal que le sean devueltas las cantidades adeudadas.
SEVILLA, 1 (EUROPA PRESS)
Según ha indicado la Consejería de Salud en una nota, estos usuarios cuentan con el plazo de un mes desde que el pasado día 22 de noviembre se publicara en el Boletín Oficial del Estado el auto del Juzgado de Primaria Instancia número 9 y Mercantil de Córdoba.
Para comunicar sus créditos, los usuarios tienen disponible un modelo de escrito en la página web de la Consejería de Salud 'www.juntadeandalucia.es/salud', que deben remitir a la Administración Concursal con su nombre, domicilio y demás datos de identidad --DNI, teléfono y correo electrónico--, así como los datos relativos al crédito que ostente frente a la empresa, su cuantía, concepto, fechas y características.
Este escrito debe enviarse por correo certificado con acuse de recibo a la dirección que indique la Administración Concursal en la web creada específicamente para esta situación, esto es, 'www.concursonoriega.es'.
Junto al escrito, es necesario que se adjunten copias de los documentos relativos al crédito, pues el hecho de no hacerlo puede provocar que no se reconozca el crédito comunicado.
La Consejería de Salud, a través de su Dirección General de Consumo, ha recibido un total de 17 reclamaciones de consumidores y usuarios desde enero de 2010 contra Noriega. Entre los hechos que han ocasionado estas quejas destacan, principalmente, "incumplimientos de las obligaciones derivadas de la garantía, irregularidades en la construcción por la existencia de vicios ocultos, irregularidades en la memoria de calidades y la falta de aval de las cantidades entregadas a cuenta en la construcción de las viviendas".
Desde 2008, la Junta ha abierto cinco expedientes sancionadores contra la empresa por infracciones contra los derechos de las personas consumidoras. La cuantía total de dichas sanciones asciende a 40.800 euros, y la sanción media es de 8.160 euros.
El grupo Noriega está compuesto por Noriega Arrendamientos, Colombina de Arrendamientos Urbanos SL, Noriega Edificación y Obra Civil SL, Noriega SL y Andaluza de Arrendamientos.
CONTACTO CON LOS AFECTADOS.
Asimismo, la Administración de Consumo va a ponerse en contacto con cada una de los consumidores que han presentado reclamaciones para informarles sobre el concurso de acreedores y para advertirles de los plazos para remitir la documentación.
La Ley 57/1968, de 27 de julio, reguladora de las percepciones de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas, establece que "cualquier persona que promueva la construcción de viviendas, y que solicite de los futuros compradores entregas de dinero antes de iniciar la construcción o durante la misma, deberán garantizar la devolución de las cantidades entregadas mediante un contrato de seguro o por aval de entidad de crédito, para el caso de que la construcción no se inicie o no llegue a buen fin por cualquier causa en el plazo convenido".
De este modo, la Junta ha indicado que, una vez expirado el plazo de iniciación de las obras o de entrega de la vivienda sin que una u otra hubiesen tenido lugar, el futuro comprador podrá optar por la rescisión del contrato con devolución de las cantidades entregadas a cuenta, solicitando a la entidad aseguradora o avalista que proceda a la ejecución del aval.
Las personas que deseen obtener más información o aclarar algún aspecto relacionado con este tipo de servicios, puede dirigirse a la web de la Consejería de Salud, llamar al teléfono de la persona consumidora de la Junta de Andalucía (900 84 90 90) o dirigirse a cualquier servicio de Consumo de su provincia, así como a las oficinas municipales de información al consumidor (OMIC).
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