GRANADA, 12 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dejado sin efecto la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 6 de Granada el pasado 10 de junio en la que se declaraba la nulidad, por no cumplirse la obligación de preaviso legal, de la modificación de las condiciones de trabajo de los controladores aéreos del aeropuerto Federico García Lorca Granada-Jaén.
Según ha informado Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) en un comunicado, el alto tribunal andaluz considera que la competencia para conocer una demanda de conflicto colectivo como la presentada no corresponde a un juzgado de lo social, en el que aprecia falta de competencia objetiva.
Además, recuerda que la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA), que fue quien presentó la demanda contra el cambio en las condiciones, ya presentó una de conflicto colectivo contra la Ley 9/2010 ante la Audiencia Nacional, que la desestimó por considerar que la citada norma era necesaria, idónea y proporcionada.
En la sentencia dejada sin efecto, el Juzgado de lo Social avalaba la demanda de la USCA considerando que AENA impuso una "modificación sustancial" de las condiciones de trabajo de los once trabajadores de la Torre de Control del aeródromo granadino, por lo que declaraba nula la aplicación del Real Decreto-Ley 1/2010, que entró en vigor el 5 de febrero de 2010.
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