MADRID, 12 (SERVIMEDIA)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dejado sin efecto la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 6 de Granada el pasado 10 de junio en la que se declaraba la nulidad, por no cumplirse la obligación de preaviso legal, de la modificación de las condiciones de trabajo de los controladores aéreos del aeropuerto de Granada aplicada por Aena.
Según informa el gestor aeroportuario, el Tribunal Superior de Justicia considera que la competencia para conocer una demanda de conflicto colectivo como la presentada no corresponde a un juzgado de lo social, en el que aprecia falta de competencia objetiva.
Además, el Tribunal recuerda que la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) ya presentó una demanda de conflicto colectivo contra la Ley 9/2010 (la que modifica sus condiciones de trabajo) ante la Audiencia Nacional, que la desestimó por considerar que la citada norma era necesaria, idónea y proporcionada.
(SERVIMEDIA)
12-NOV-10
JBM/gja
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