Madrid, 21 may (EFECOM).- Panamá sólo podrá salir de la lista de paraísos fiscales si cumple las condiciones previstas en la Ley de Prevención del Fraude Fiscal aprobada a finales del pasado año, según han comunicado hoy representantes del Ministerio de Economía y Hacienda a autoridades diplomáticas panameñas.
Así, según explicaron a EFE fuentes del Ministerio de Economía, Panamá tendrá que cumplir una de las dos condiciones que prevé la citada Ley: firmar con España un convenio de doble imposición con cláusula de intercambio de información o, si lo prefiere, suscribir un convenio de intercambio de información tributaria.
Ambas condiciones fueron explicadas hoy por la secretaria general de Hacienda, María Dolores Beato, en una reunión con representantes de la embajada de Panamá en España.
Las citadas fuentes precisaron que Beato "les ha dejado claro" que el Gobierno español no dará un trato preferencial a Panamá, que tendrá que cumplir las condiciones que se exige a cualquier país que quiera salir de la lista de paraísos fiscales.
En julio de 1991 el Gobierno español aprobó un Real Decreto sobre paraísos fiscales en el que se delimitaron 48 países o territorios, entre ellos Panamá, que, en diverso grado, ofrecían posibilidades de elusión fiscal internacional.
Con la aprobación el pasado año de la Ley de Prevención del Fraude Fiscal, el citado decreto se elevó a rango de ley.
El objetivo de los convenios de doble imposición es evitar el doble pago de tributos y prevenir la evasión fiscal en los impuestos sobre la renta y el patrimonio, al tiempo que ofrecen un elemento de seguridad jurídica y fiscal que favorece los intercambios comerciales y facilita la cooperación entre dos países. EFECOM
mbg/cs
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