BRUSELAS, 27 (EUROPA PRESS)
El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) rechazó hoy la solicitud del productor de cava Freixenet para registrar como marcas comunitarias una botella esmerilada negra mate y en una botella esmerilada blanca. La sentencia afirma que las marcas solicitadas carecen de carácter distintivo originario y que no ha quedado acreditada la adquisición de dicho carácter a través del uso.
En sus solicitudes, Freixenet precisó que a través de estas marcas no deseaba obtener la protección privativa y exclusiva de la forma del envase, sino del aspecto específico de su superficie. La Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), con sede en Alicante, desestimó ambas solicitudes. El fabricante de cava recurrió hasta el TUE, que en su sentencia de este martes rechaza los argumentos de Freixenet y da la razón a la OAMI.
La sentencia señala que la apariencia de la botella blanca esmerilada llena de vino y el aspecto esmerilado de la botella negra no indican que los consumidores de vinos espumosos de la UE sean capaces de determinar su origen comercial. El verdadero elemento que permite realizar, en la práctica, una relación entre un vino espumoso y su fabricante no es el aspecto superficial de la botella, sino su etiqueta, que permite identificar al productor.
Sobre esta cuestión, el Tribunal General observa que Freixenet no ha contestado dos apreciaciones de hecho llevadas a cabo por la OAMI: por un lado, el hecho de que ninguna botella se venda sin etiqueta y, por otro lado, el hecho de que la propia empresa Freixenet utilice la marca FREIXENET sobre las botellas cuyo registro como marca comunitaria solicita. Pues bien, el Tribunal General estima que estas dos apreciaciones permiten confirmar la idea de que el color y el mateado del vidrio de las botellas no pueden "funcionar como marcas" para los vinos espumosos.
En segundo lugar, el Tribunal General estima que la adquisición del carácter distintivo por el uso de las marcas solicitadas no había quedado suficientemente acreditada. En este sentido, admite que en España una amplia mayoría del público pertinente (aproximadamente los 2/3) reconocía las botellas en causa como procedentes de Freixenet. No obstante, en el resto de países europeos donde se realizaron estudios de mercado, o bien no se había realizado una pregunta relativa a la identificación de la botella o bien la proporción del público que reconocía las botellas en causa como procedentes de Freixenet no era tan elevada.
La sentencia estima que la adquisición del carácter distintivo por el uso en España no es suficiente para adquirir el registro de una marca comunitaria que tiene un carácter unitario y produce sus efectos en toda la UE.
Relacionados
- Economía/Consumo.- SOS, Pastas Gallo, Riber Ebro, Hélios y Conservas Ortiz promocionarán sus productos en Houston (EEUU)
- Economía/Consumo.- El Gobierno simplifica la gestión de ayudas para suministro de leche a centros escolares
- Economía/Consumo.- El Gobierno simplifica la gestión de ayudas para suministro de leche a centros escolares
- Economía.- El consumo de gas crece un 6,4% en el primer trimestre impulsado por el sector doméstico y la industria
- Economía.- El consumo de gas crece un 6,4% en el primer trimestre impulsado por el sector doméstico y la industria