MADRID, 20 (EUROPA PRESS)
El Banco de España será competente para supervisar y resolver reclamaciones sobre instrumentos financieros derivados de cobertura de riesgos de tipo de interés o de divisa en la medida en que exista vinculación entre producto bancario y cobertura.
Según informó hoy el instituto emisor español y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) la supervisión de estos instrumentos corresponde en principio al organismo que preside Julio Segura, pero el Banco de España es competente cuando tengan vinculación con productos bancarios.
Su competencia para conocer asuntos que en principio afectan claramente a un servicio de inversión se explica porque cuando estos instrumentos se vinculan a la venta de productos bancarios deben someterse al régimen de protección del cliente bancario.
El hecho de que el producto principal sobre el que gira el instrumento financiero sea bancario supone que el cliente debe tener las garantías propias de cliente de servicios bancarios y no de inversión a la hora de ser informado.
En concreto, la competencia del Banco de España se aplica en hipotecas o créditos al consumo vinculados con 'swaps', es decir, se aplica en préstamos con derivados de cobertura de riesgos de tipo de interés o de divisa.
Aunque todos los supuestos se refieren a vinculaciones entre un producto bancario y un derivado, las reglas de competencia pueden aplicarse a casos en que un único derivado esté vinculado a dos o más productos bancarios, siempre y cuando todos hayan sido comercializados por la misma entidad.
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