Los pensionistas de clases pasivas del Estado sólo podrán cobrar su prestación a través de una transferencias directa a su cuenta bancaria y ya no será posible hacerlo a través de un cheque nominativo ni mediante un talón.
MADRID, 26 (EUROPA PRESS)
Así lo establece un real decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros que unifica los sistemas de pago de los haberes de clases pasivas del Estado, cuya regulación anterior databa del año 1981.
No obstante, los pensionistas que vinieran percibiendo sus prestaciones por medio de cualquiera de los medios de pago que se suprimen (cheque o talón) podrán continuar haciéndolo, ya que esta norma sólo será de aplicación a las prestaciones que se soliciten a partir de la entrada en vigor de un decreto.
El Gobierno destacó que esta modificación ha sido posible gracias a los cambios y avances obtenidos por los importantes esfuerzos de modernización de la Administración General del Estado en los últimos años. Entre éstos, destaca la realización de oficio, por parte de la Administración, de todo lo relacionado con el proceso de jubilación de su personal, que únicamente tiene que realizar la solicitud de jubilación para que ésta se haga efectiva y reciba el cobro de su pensión en la cuenta bancaria que se designe al efecto.
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