Economía

Difícil instaurar la retención de la renta en origen antes de 2010

París, 27 mar (EFECOM).- La reforma del cobro del impuesto sobre la renta en Francia para que se aplique directamente la retención en origen sobre los salarios sería de difícil aplicación antes de 2010, aunque el Gobierno actual quiere favorecer su puesta en marcha.

El ministro de Economía, Thierry Breton, señaló hoy que hará lo posible para que el Gobierno que salga de las elecciones de esta primavera pueda, desde su entrada en funciones, tomar la decisión del paso a la retención en origen del impuesto sobre la renta.

En un comunicado, Breton anunció que en los próximos días un equipo se pondrá a trabajar en este tema y encargará un informe jurídico al Consejo de Estado, después de haber recibido hoy un informe sobre la cuestión que estima que hacen falta "alrededor de dos años" para llevar a cabo la reforma.

El informe, elaborado por el presidente de la aseguradora AXA, Claude Bébéar, por el Fiscal honorífico del Tribunal Supremo, Raymond Viricelle, y por el inspector general de Finanzas, François Auvigne, concluye que dicha reforma "no se enfrenta a una oposición de principio", pero tampoco suscita entusiasmo.

Bébéar, Viricelle y Auvigne estiman que "la reforma es posible sin cambiar previamente el impuesto sobre la renta", y recomiendan limitar el nuevo sistema, en un primer momento, a los salarios e ingresos de sustitución mediante los mismos dispositivos administrativos que se utilizan para descontar en las nóminas de los trabajadores las cotizaciones sociales.

El titular de Economía coincidió en que "el objetivo es limitar al máximo" las nuevas obligaciones para las empresas y se mostró objetivo de que la retención del impuesto sobre la renta, que constituye "un gran reto" en la reforma del Estado, permitirá reducir el costo de la recaudación fiscal.

Para preservar la confidencialidad de los datos fiscales de los contribuyentes frente a las empresas para las que trabajan, los autores del informe abogan por el establecimiento de una tasa media de imposición en virtud del monto del sueldo. EFECOM

ac/jlm

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