MADRID, 10 (EUROPA PRESS)
La Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU) recordó hoy a los pasajeros de Iberia afectados por las cancelaciones de vuelos que tienen derecho al reembolso del billete, en un plazo de siete días, o a una alternativa para viajar, ya que una huelga no puede calificarse como un "suceso de fuerza mayor", por lo que les instó a reclamar.
En un comunicado, la CECU indicó que el usuario puede "reclamar cuantos daños y perjuicios le hubiere causado la cancelación del vuelo, debidamente cuantificados y acreditados".
En esta línea, recordó que la ley prevé compensaciones de 250 euros para los vuelos hasta 1.500 kilómetros, de 400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y de 600 euros para los demás vuelos, según el artículo 5 del Reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo.
Entre los motivos en virtud de los que la compañía aérea puede eludir las indemnizaciones enumeradas, está que la cancelación se deba a causa de fuerza mayor, es decir, circunstancias extraordinarias imprevisibles o de ser previsibles, que no pudieran haberse evitado.
Finalmente, desde la organización explicaron que en caso de que se ofrezca a los pasajeros la posibilidad de ser conducidos hasta el destino final en un transporte alternativo, con una diferencia en la hora de llegada respecto a la prevista para el vuelo inicialmente reservado, el transportista podrá reducir en un 50% las compensaciones anteriores.
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