Economía

La subida de los impuestos exige al contribuyente adoptar medidas antes de enero y julio

  • La reforma fiscal incluida por el Gobierno en los Presupuestos Generales para el año 2010 obliga a programar las inversiones y compras antes de su entrada en vigor

Como la supresión de la deducción de 400 euros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se contemplará en las deducciones, los trabajadores que han venido percibiendo rendimientos íntegros verán disminuir su nómina en unos 30 euros mensuales, aunque cuando declaren el ejercicio 2010, en el mes de junio de 2011, ingresarán o les devolverán lo mismo que si no se hubiese retirado la devolución.

Se trata de un ajuste técnico, equivalente al que se realizó cuando se introdujo aquella, pero en sentido inverso, sobre el límite de la obligación de declarar. Sin embargo, como la deducción se adelanta como rebaja en las retenciones, ya a partir de enero del año de 2010 éstas serán más altas y por lo tanto, el salario neto percibido será menor.

"La mayoría de los matrimonios van a perder 800 euros, no 400 euros, con la retirada de la deducción en el IRPF, porque en la mayoría de familias los dos cónyuges son perceptores de rentas del trabajo y quienes más lo van a notar son a los comprendidos en el grupo de contribuyentes con bases comprendidas entre los 12.000 y los 13.000 euros", según estima Rodolfo Molina, abogado tributario y matrimonialista, además de vicepresidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).

El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010 prevé que en el IRPF se elimine la deducción de 400 euros, dado que las circunstancias que llevaron a su creación para ayudar a las familias (que tenían que afrontar unos altos euribor y precio del petróleo) han desaparecido en la actualidad. Esta supresión supondrá un efecto anual de 5.700 millones de euros, según las estimaciones de Economía y Hacienda.

Como quiera que la futura Ley de Economía Sostenible incluirá una redefinición de los incentivos fiscales relacionados con la vivienda, el Gobierno, al objeto de garantizar la necesaria seguridad jurídica, ha considerado oportuno introducir una disposición adicional en el Proyecto de la Ley que confirme la aplicación durante 2010 de la normativa actualmente en vigor.

Exención por desempleo de autónomos

También cabe destacar la elevación que se establece en el límite de la exención por las prestaciones por desempleo percibidas en su modalidad de pago único, con un nuevo límite de 15.500 euros (hasta ahora estaba cifrado en 12.020 euros). Esta medida incorpora un acuerdo de la Mesa del Trabajo Autónomo está dirigida, según consta en el texto del mismo a estimular la iniciativa empresarial para contribuir a la recuperación económica.

Rentas del capital

También en el IRPF se ha decidido incrementar la tributación de las rentas del ahorro, que subirá del 18 al 19% para los primeros 6.000 euros de rentas. No obstante, con la motivación, justificada en el Anteproyecto de Presupuestos, de "conseguir que quienes tienen una capacidad económica mayor contribuyan de manera superior para hacer frente a los gastos sociales adicionales que una situación económica como la existente requiere que se efectúen para atender a los más perjudicados por la crisis económica", las cantidades que superen dicho límite tendrán una subida mayor, ya que pasarán a tributar al tipo del 21%. Así, un contribuyente que cobrase 1.000 euros de intereses de un depósito a plazo fijo en 2009, pagará por ello 180 euros y en 2010 un total de 190 euros, 10 euros más que suponen la subida .

Y un contribuyente que venda un piso por 300.000 euros, que hubiese adquirido por 200.000, obtendría una ganancia de 100.000 euros, en 2009 pagaría por ello 18.000 euros frente a 20.880 euros, 2.880 más.

Sin embargo, Rodolfo Molina comenta que "la subida de las rentas de capital, que afecta a todos los que obtienen estos rendimientos, tendrá más incidencia en las rentas altas, al estar compuestas en mayor medida por rendimientos que van a la renta del ahorro". Además, la modificación de las rentas del capital, con la introducción de dos tipos impositivos distintos, dificultará el cálculo de la rentabilidad financiero/ fiscal de los productos de ahorro.

La recomendación cae por su propio peso: quien tenga dinero invertido en fondos de inversión, acciones o un inmueble y tiene pensado desinvertir o venderlo próximamente, a efectos fiscales, le conviene hacerlo antes del 31 de diciembre de 2009.

El ahorro previsto para 2010 por este concepto es de 800 millones de euros.

Cinco puntos menos en Sociedades

Para las pequeñas y medianas empresas (pymes) se reduce temporalmente el tipo de gravamen cinco puntos (se sitúa en el 20%) con menos de 25 trabajadores, que mantengan o aumenten estos empleos y tengan una cifra de negocio inferior a cinco millones de euros. También se incluye una medida similar para los trabajadores autónomos.

Aquellas sociedades que estén a punto de rebasar los límites marcados para ser considerados pymes, debe intentar no hacerlo, por ejemplo realizando una venta prevista para el año que viene en este mismo ejercicio.

Este apartado supondrá unos menores ingresos estimados en 700 millones de euros.

Dos puntos más de IVA desde julio

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se incrementará a partir del 1 de julio de 2010, hasta entonces los tipos se mantendrán invariables. Así, el tipo de gravamen general sube dos puntos, situándose en el 18%, y el reducido, pasa a ser del 8%. El tipo superreducido, aplicable a los bienes de primera necesidad.

Una persona que vaya a comprarse unas gafas graduadas por 200 euros, hasta el cambio pagaría 14 euros por el impuesto y, después, lo hará por 16, ya que tributa al tipo reducido.

La recaudación adicional anual que se espera obtener con esta medida es de 5.150 millones de euros.

En el caso del tipo general, cualquier persona que compre un producto o adquiera un servicio, una bicicleta, por ejemplo, que cueste 300 euros pasaría de pagar 48 euros a 54 a partir de julio de 2010.

Pese a esta subida , los tipos de gravamen en España seguirán siendo inferiores a países de la Unión Europea como Alemania, Francia o Portugal.

No obstante, como ocurre con los demás impuestos, en el caso de la compra de un automóvil o una vivienda, por ejemplo, es recomendable adelantar la decisión de compra y realizarla antes del citado día 1 de julio de 2009.

Sin embargo, apunta Rodolfo Molina, que "tanto la subida del IVA como del IRPF, tiene el inconveniente de que dejará menos liquidez en manos de empresas y familias, lo que puede ser un factor negativo para un consumo ya deprimido por la crisis".

Más valoración catastral

Además, la subida del IVA ha sido denostada por los grupos parlamentarios de la minoría de izquierdas (Iu-ICV, ERC y BNG), al considerar que resta progresividad al sistema por la mayor propensión al consumo de las rentas bajas, incluso en lo referente a los bienes y servicios gravados al tipo general. Esta es una de las principales cuestiones a negociar por el Gobierno y el Grupo Socialista con vistas a recabar votos para la aprobación de los Presupuestos para 2010.

Menos conocidas que las subidas de los tipos impositivos, es necesario tener en cuenta, que en el ámbito del IRPF, para las transmisiones de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas, se incluye la actualización de los coeficientes correctores del valor de adquisición al 1%.

También en un 1% se actualizan los valores catastrales de los bienes inmuebles en un 1%, lo que tendrá claras repercusiones en los impuestos locales.

En el mismo porcentaje se aumenta la escala que grava la transmisión y rehabilitación de Grandezas y Títulos Nobiliarios el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD) que se actualiza al 1%.

Además, se regulan las compensaciones por la pérdida de beneficios fiscales que afectan a los adquirentes de vivienda habitual y los perceptores de determinados rendimientos del capital mobiliario con período de generación superior a dos años en 2009 respecto a los establecidos en la normativa del IRPF vigente hasta 31 de diciembre de 2006.

Por lo que se refiere al Impuesto sobre Sociedades, las medidas incluidas son la actualización de los coeficientes aplicables a los activos inmobiliarios, que sirven para poder corregir la depreciación monetaria en los supuestos de transmisión y la regulación de la forma de determinar los pagos fraccionados del Impuesto durante el actual ejercicio de 2009, según una nueva tabla.

Tasas públicas

Se actualizan, con carácter general, al 1% los tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda estatal, excepto las que se hayan creado o actualizado específicamente por normas dictadas en el año 2009.

Por su parte, la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico se mantiene sin variación alguna.

Finalmente se mantienen sin modificaciones con carácter general, para el ejercicio 2010, los tipos y cuantías fijas para las tasas sobre los juegos de suerte, envite o azar, salvo las referidas a máquinas tipo B (tragaperras), que no habían subido desde 2002.

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