
La Comisión Europea ha vuelto a dar un tirón de orejas a Madrid por la situación de los interinos de las administraciones públicas. El Ejecutivo comunitario abierto este jueves otro procedimiento sancionador a España por "no proteger a los trabajadores del sector público contra el uso excesivo de los contratos temporales". Concretamente, la carta se refiere a una protección que considera insuficiente, como en el caso de las indemnizaciones.
Bruselas advierte de que la normativa española no incluye medidas de prevención para ciertos tipos de contratos temporales en el sector público. Se refiere a que la indemnización es la misma independientemente de si el empleado ha tenido un contrato temporal durante 20 o 30 años.
Además, Bruselas reprocha a España que un empleado que haya encadenado contratos temporales durante 20 años que renuncie a su puesto, sea por aceptar otro trabajo o por cuidar a un familiar, no tendrá acceso a ninguna compensación, incluso si la sucesión de contratos ha sido abusiva.
En su escrito, la Comisión Europea ha recordado al Gobierno que la normativa comunitaria exige que los Estados miembro introduzcan en su legislación nacional medidas para evitar y, si es necesario, penalizar los abusos a la hora de encadenar sucesivos contratos temporales.
En este caso Bruselas considera que España ha ido enmendando la legislación después del procedimiento de infracción que Bruselas le abrió en 2015 por la temporalidad de los interinos. Sin embargo, la Comisión Europea considera insuficientes las modificaciones implementadas a la normativa nacional, especialmente en lo que se refiere a la penalización.
Con esta carta, la Comisión Europea abre un procedimiento de infracción a España y le concede un plazo de dos meses para subsanar la situación. De no implementar las medidas necesarias en este plazo, Bruselas daría un ultimátum a España con el envío de un dictamen motivado, lo que le daría otros dos meses de margen. De no cumplir, Bruselas podría elevar a cuestión a la justicia europea.
Hace ya diez años que Bruselas abrió un procedimiento de infracción a España por las condiciones de los trabajadores temporales del sector público. En julio, remitió a Madrid un dictamen motivado, la segunda fase del proceso, por las desventajas en las que se encuentran estos trabajadores del sector público, en términos de vacaciones, derechos de antigüedad, permisos y acceso a trayectorias profesionales.
Cabe recordar que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó, el pasado junio que la Administración debe hacer indefinidos a los interinos que encadenen durante años contratos temporales. La justicia europea ha indicado que la ley española no contempla ninguna forma suficiente de sanción a la Administración por abusar de los interinos con contratos temporales que se alargan años y considera que esta conversión de interino a fijo puede "constituir una medida adecuada de sancionar de manera efectiva la utilización abusiva de sucesivos contratos".
Tipo mínimo del 15% para multinacionales
La Comisión Europea ha dado un paso más en el expediente de infracción que había abierto a España por no aplicar el tipo mínimo del 15% a multinacionales. Bruselas denuncia a España y otros tres países ante el Tribunal de Justicia de Unión Europea por no notificar la transposición de la normativa comunitaria a la legislación nacional.
La medida tiene como objetivo establecer un tipo impositivo a nivel global para las grandes multinacionales con una facturación superior a los 750 millones de euros. Se trata del Pilar Dos para la aplicación de una tributación a nivel global como parte del acuerdo alcanzando en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
El Ejecutivo comunitario ha explicado que considera que la implementación del Pilar Dos es una "prioridad" porque "ayuda a reducir el riesgo de la evasión fiscal y garantiza que los grandes grupos multinacionales paga un tipo impositivo mínimo acordado a nivel global".
La fecha límite para que los países aplicaran esta normativa a su legislación nacional terminaba en diciembre de 2023. Un plazo que también han infringido Portugal, Chipre y Polonia. A finales del pasado año, el Consejo de ministros aprobaba el tipo mínimo del 15% para grandes grupos empresariales. La normativa se encuentra ahora en su proceso de tramitación en el Congreso.