Economía

El Gobierno reducirá el importe a pagar por convalidar como cotizados los años de prácticas

  • El Gobierno permite a los antiguos becarios asimilar hasta cinco años 
  • La orden del BOE sitúa el precio por mes recuperado en torno a los 300 euros
  • Ahora el cálculo se hará sobre la base de cotización del año de las prácticas
Foto: iStock

Convalidar los años de prácticas como cotizados será más barato que lo propuesto en un principio por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La ministra Elma Saiz ha avanzado que la cartera que dirige modificará el plan inicial para que se puedan recuperar las prácticas no cotizadas aplicando la base de cotización del año en el que se realizaron, y no la actual, lo que rebajará el importe a abonar.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) recogió el 1 de mayo la orden de regularización de la cotización retroactiva de los becarios, con la que podían recuperar hasta cinco años de prácticas no cotizadas, aplicando la base mínima de cotización por contingencias comunes correspondiente al grupo 7, con un coeficiente reductor del 0,77. Esto situaba el pago por mes recuperado en torno a los 300 euros, por lo que elevaba el monto para convalidar un año en algo menos de 3.600 euros.

Saiz presentará la nueva propuesta a los agentes sociales esta tarde durante la cita sobre pensiones anteriormente convocada, según ha señalado en una entrevista en La Vanguardia. El cambio de criterio ocurre tras el planteamiento presentado la semana pasada por los representantes de asociaciones científicas, el colectivo más afectado por esta norma. Ya el lunes pasado el secretario de Estado de Seguridad Social, Borja Suárez, se mostró en disposición de "adoptar medidas adicionales" para reducir el coste.

La propuesta que se trasladará esta tarde a la negociación incluye también una ampliación de los años a recuperar para los que ya lo hubieran hecho en 2011, cuando se abrió una oportunidad para lograr hasta dos años más de vida laboral.

Además, el Ministerio también flexibilizará el periodo para pagar las cuotas. La actual orden recoge que el importe se abonará "en un pago único o fraccionado en un número máximo de mensualidades igual al de aquellas por las que se formalice el convenio".

La medida beneficia a antiguos alumnos universitarios, antiguos alumnos de formación profesional (salvo cuando las prácticas se hubieran prestado en el régimen de formación profesional intensiva) y a antiguos alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo. También se podrán acoger los graduados universitarios que, a través de estudios oficiales de doctorado, hubieran participado antes del 4/02/2006 (fecha de entrada en vigor el Estatuto de Personal Investigador en Formación) en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.

La orden asimila a los antiguos alumnos como trabajadores por cuenta ajena a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. Así, la cotización por los períodos de prácticas reconocidos en este convenio especial tendrá por objeto la cobertura de las prestaciones de jubilación y de incapacidad permanente y muerte y supervivencia derivadas de contingencias comunes.

El decreto ya publicado establece que para poder subscribirse al convenio, las prácticas no remuneradas deberán haberse producido con anterioridad al 1 de enero de 2024 y, en el caso de las prácticas remuneradas, su realización deberá haberse producido con anterioridad al 1 de noviembre de 2011, sin límite de antigüedad. Además, para acogerse los interesados deberán acreditar el periodo de duración de los programas de formación en los que hubieran participado.

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