Economía

Los trabajadores que se tienen que jubilar obligatoriamente a partir de los 66 años

  • La razón es la ausencia de cotizaciones para hacerlo antes de esa edad
  • Son trabajadores que no pueden jubilarse de forma anticipada
Foto: Dreamstime.

Cada persona es un mundo, pero no normal es que la gran mayoría de los trabajadores quiera jubilarse cuanto antes, dejar el trabajo de una vez por todas y convertirse en pensionista para disfrutar de un más que merecido descanso y empezar a cobrar la pensión de jubilación.

No obstante, se trata de un deseo que ha de concretarse conforme a lo establecido por la ley. Hay que cumplir una serie de requisitos para poder jubilarse y cobrar la pensión: de todos ellos quizá el más importante (por ser el que más tarda) es el de llegar a la edad de jubilación.

En España vivimos una situación peculiar, ya que no hay una edad única de jubilación: tenemos dos edades de jubilación diferentes que conviven juntas y que vienen marcadas por la cotización del trabajador. Esta es la razón por la cual habrá personas que tendrán que esperar obligatoriamente hasta los 66 años para jubilarse.

Qué personas no pueden jubilarse hasta los 66 años

Es imprescindible acudir a la Ley General de la Seguridad Social, en cuya disposición transitoria séptima (puede consultarla en este enlace) se desglosa el calendario progresivo de aplicación de la reforma de 2011 del retraso en la edad de jubilación.

Este calendario funciona de la siguiente forma: cada año aumenta la edad para los trabajadores que no llegan a un nivel de cotización que también se incrementa de forma anual. Los que sí acumulan las cotizaciones suficientes mantienen la edad de jubilación previa a la reforma, de 65 años.

De acuerdo con el texto de la Ley General de la Seguridad Social, para 2024 las edades de jubilación son las siguientes:

  • De 66 años y seis meses para las personas que no han llegado a 38 años cotizados.
  • De 65 años para las personas que llegan a 38 años cotizados.

Por eso, las personas obligadas a esperar a los 66 años (y medio) para jubilarse son aquellas que no tienen 38 años cotizados y que, al tener cotizaciones menores, no pueden hacerlo a los 65.

Qué personas no se pueden jubilar de forma anticipada y tienen que esperar a los 66 años

Con todo, existe una opción, que el trabajador tenga derecho a alguna de las dos grandes modalidades de jubilación anticipada, que permiten jubilarse antes de la edad ordinaria de jubilación. Para acogerse a una u otra es imprescindible también cumplir hitos de cotización:

  • La jubilación anticipada voluntaria (aquella que deriva exclusivamente de la voluntad del trabajador y permite adelantos de hasta dos años) exige una cotización de 35 años, de los cuales dos deben darse de forma inmediatamente anterior a la jubilación.
  • La jubilación anticipada involuntaria (aquella que tiene como causa un cese no voluntario en la relación de trabajo y que permite adelantos de hasta cuatro años) exige una cotización de hasta 33 años, de los cuales dos deben darse de forma inmediatamente anterior a la edad de jubilación.

Por lo tanto, las personas obligadas a jubilarse a partir de los 66 años y medio serán aquellas que no tengan derecho a jubilarse de forma anticipada, es decir, aquellas que han cotizado menos de 33 años.

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