Economía

Cuánto cobrará Carmen Calvo como presidenta del Consejo de Estado

Carmen Calvo es la propuesta del Gobierno para la presidencia del Consejo de Estado. La política del PSOE, exvicepresidenta del primer Gobierno de coalición con Unidas Podemos, ya ha renunciado a su acta de diputada como parte de los procedimiento necesarios para el nombramiento.

La llegada de Calvo al Consejo de Estado llega después de la decisión del Tribunal Supremo de tumbar el nombramiento de Magdalena Valerio debido a que no se trataba de una jurista de reconocido prestigio.

Calvo reconoció este lunes en la Cadena Ser el futuro nombramiento y lo defendió frente al rechazo de no pocas fuerzas políticas, incluso dentro de Sumar, el socio de coalición del PSOE: "Tú tienes unas siglas y unas ideas que la gente sabe cuáles son, lo que ocurre es que luego tu trabajo lo tienes que desempeñar con una cierta nobleza".

La socialista ha defendido que su nombramiento "forma parte de los usos y costumbres de la política" y se ha ido hasta la figura de John F. Kennedy, del cual ha recordado que nombró a su hermano fiscal general de EEUU.

Sea como fuere, el nombramiento de Carmen Calvo conllevará que la política cordobesa tenga un nuevo sueldo como presidenta del Consejo de Estado. Esta retribución, junto a la de otros altos cargos como los del presidente de Gobierno, los vicepresidentes, los ministros o los secretarios de Estado, aparece regulada en los Presupuestos Generales del Estado.

El sueldo de Carmen Calvo como presidenta del Consejo de Estado

A falta de saber si habrá Presupuestos para 2024 o se prorrogarán los de 2023, tenemos el dato de los Presupuestos Generales de 2023, que en su artículo 21 (puede consultarse en este enlace) dejan el sueldo de la presidencia del Consejo de Estado en 90.383,28 euros brutos anuales.

Este sueldo, informan los Presupuestos, se reparte en 12 mensualidades sin derecho a pagas extraordinarias. A esta cantidad se le podrán añadir los complementos por antigüedad que pudiera corresponder en base a la normativa vigente.

Qué es el Consejo de Estado y qué funciones tiene

El Consejo de Estado es una institución con casi siglos de historia. Nació en 1526, en pleno reinado de Carlos V, y es el supermo órgano consultivo de España, según informa en su propia página web.

La Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril (puede consultarlo en este enlace) se encarga de regular todo lo referente al Consejo de Estado, incluidas sus funciones, que son las siguientes:

  • Velar por la observancia de la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico valorando "los aspectos de oportunidad y conveniencia cuando lo exijan la índole del asunto o lo solicite expresamente la autoridad consultante".
  • Emitir un dictamen sobre cuantos asuntos sometan a su consulta el Gobierno o sus miembros. Estos dictámenes podrían ser obligatorios en el caso de que algunas leyes así lo establezcan, pero en ningún caso serán vinculantes.
  • Realizar estudios, informes o memorias que el Gobierno le solicite y elaborar las propuestas legislativas o de reforma constitucional que el Gobierno le encomiende. En paralelo, podrá realizar los estudios, informes o memorias "que juzgue oportuno para el mejor desempeño de sus funciones".
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