
El Gobierno ha aprobado ya el Real Decreto de retenciones, que recoge la rebaja del IRPF y la retención del 1% para los autónomos en módulos.
Con esta norma se modifica el reglamento del IRPF en materia de retenciones e ingresos a cuenta, en cumplimiento de la rebaja del impuesto que entrará en vigor el próximo año.
La reforma fiscal contempla una rebaja media del IRPF en torno al 6%, y parte de este ahorro deberán empezar a aplicarlo las empresas desde las nóminas de enero.
De esta forma, el Real Decreto actualiza el importe de las retenciones y las adecua a la filosofía de la reforma fiscal emprendida por el Gobierno, que trata de recuperar la igualdad en el tratamiento fiscal de las circunstancias personales y familiares. Además, el Ejecutivo afirma que se avanza en la simplificación del IRPF, ya que un 70% de los contribuyentes tributarán desde 2007 a un tipo único.
De acuerdo con la reforma fiscal, se establece en el 18% la retención sobre los rendimientos del capital mobiliario, las ganancias patrimoniales y el arrendamiento de bienes inmuebles urbanos.
Nuevas retenciones en sociedades
En cuanto a los contribuyentes sujetos al Impuesto de Sociedades, la retención se sitúa también en el 18% con carácter general y en el 24% para el caso de rentas derivadas de la cesión del derecho de la explotación de la imagen.
Por otra parte, se establece una retención del 1% a determinadas operaciones que se efectúen entre empresarios en módulos, como consecuencia de la Ley de Prevención del Fraude y con el fin de evitar facturaciones por entrega de bienes o prestaciones de servicios inexistentes.
Respecto al Impuesto sobre la Renta de no residentes, la retención se reduce del 5% al 3% para el supuesto de transmisión de bienes inmuebles situados en territorio español propiedad de contribuyentes que tributen sin mediación de establecimiento permanente.
El Gobierno afirma que con este Real Decreto se anticipa una parte del contenido del futuro reglamento del impuesto, que posiblemente se aprobará en el primer trimestre de 2007. Su aprobación supondrá la derogación de este Real Decreto, puesto que su contenido se incorporará, con carácter definitivo, al nuevo reglamento.