
¿A qué edad me podré jubilar? Esta pregunta se nos ha pasado por la cabeza en algún momento de nuestras vidas, incluso en gente relativamente joven, y no tiene una única respuesta. Aunque casi todos queramos que sea cuanto antes, en algunos casos hay que esperar más que en otros.
En España la edad de jubilación (y la cuantía de la pensión de jubilación) depende de la cotización que el trabajador ha acumulado a lo largo de su vida laboral. Los efectos de las distintas reformas de las pensiones que se han ejecutado en los últimos años para garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones fueron diversos, pero en el caso de la edad de jubilación contribuyeron a retrasarla en determinadas circunstancias.
Así, desde 2013 existen dos edades diferentes de jubilación: la previa a la reforma (de 65 años) y una nueva que aumenta anualmente hasta 2027 siempre que el trabajador no llegue a una cifra de cotización que, a su vez, se incremente año tras año.
Por eso es frecuente que todas las personas se pregunten a qué edad se pueden jubilar con su cotización alcanzada. Un caso es, por ejemplo, el de las personas con 10 años cotizados.
¿A qué edad me puedo jubilar con 10 años?
En este caso el trabajador tiene una noticia mala y una buena. La mala noticia es que no podrá cobrar la pensión contributiva de jubilación al no llegar al nivel mínimo de cotización al que le obliga la normativa, que es de 15 años. La buena es que tiene derecho a cobrar pensión.
Las personas con 10 años cotizados podrán cobrar la pensión no contributiva de jubilación, que se otorga a las personas de 65 años de edad o más, según explica el IMSERSO en su página web.
Para tener derecho a una pensión no contributiva, además de no llegar a la cotización y contar con una edad de al menos 65 años es preciso acreditar una residencia en territorio español de "diez años en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud".
Además, hay que cumplir con una serie de límites de renta, que son los siguientes:
- Una persona que vive sola: 7.250,60 euros al año.
- Una unidad de convivencia de dos personas (se suman los ingresos de los dos integrantes): 12.326,02 euros al año.
- Unidades de tres y cuatro (o más) personas: 17.401,44 euros al año y 22.476,86 euros al año, respectivamente.
- Personas que conviven en la unidad de convivencia con sus padres o hijos: 30.815,05 euros al año en unidades de dos personas, 43.503,60 euros al año en unidades de tres personas y 56.192,15 euros al año en unidades de cuatro o más personas.
Cuantía de la pensión si has cotizado 10 años
El IMSERSO recoge en su página web que la cuantía de la pensión no contributiva es, con carácter general, de 517,90 euros mensuales y 7.250,60 euros anuales. Además, se recogen otros supuestos:
- La cuantía de la pensión del 25% es de 129,48 euros al mes y 1.812,65 euros al año.
- Si en la misma unidad de convivencia coinciden dos beneficiarios, la cuantía para cada uno de ellos es de 440,22 euros al mes y 6.163,01 euros al año.
- Si en la misma unidad de convivencia coinciden tres beneficiarios, la cuantía para cada uno de ellos es de 414,32 euros al mes y 5.800,48 euros al año.