Polémica en torno al anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia que fue aprobado por el Consejo de Ministros el 15 de diciembre de 2020. En concreto, el debate lo ha generado la disposición final segunda, que incluye una modificación en la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que fija un supuesto por el que las víctimas de accidentes de tráfico tendrían que tributar por la indemnización que perciban de las aseguradoras.
La Asociación Nacional Abogados de Víctimas de Accidentes y Responsabilidad Civil (ANAVA-RC) ha alertado en un comunicado recogido por Europa Press de que el anteproyecto de ley "esconde la medida puramente fiscal" con la que el Gobierno "pretende recaudar impuestos con las indemnizaciones de las víctimas de siniestros viales".
La figura del 'tercero neutral'
El texto, firmado por el anterior ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, recoge en la disposición denunciada por la entidad la modificación del artículo 7.d de la ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las ley, que, si bien mantienen exentas de tributar las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, incluidas las derivadas de contratos de seguro de accidentes, establece un nuevo matiz: en los casos en los que la indemnización sea resultado de un acuerdo amistoso entre las partes se requerirá que haya intervenido "un tercero neutral y el acuerdo se haya elevado a escritura pública".
La asociación, que engloba a más de 200 despachos de abogados de víctimas de toda España y con mayor representatividad en este sector, ha criticado que el Gobierno quiera realizar la modificación "de forma escondida". Según han explicado, el cambio propuesto "no tiene en cuenta que los perjudicados o víctimas en accidentes de circulación sufren unos perjuicios personales y patrimoniales en el momento en el que sufren un accidente de circulación por culpa de un tercero, y lo que pretende la indemnización es precisamente compensar esa disminución patrimonial con la restitución íntegra de los daños y perjuicios sufridos, dejando a la víctima en la misma posición que estaba antes de tener el accidente".
Para ANAVA-CR, además de perjudicial para la víctima, el cambio propuesto introduce variaciones en el trámite de los acuerdos amistosos extrajudiciales entre las aseguradoras y los perjudicados que "incrementarían los costes de los mismos, pues introduce la intervención de una figura denominada un 'tercero neutral', sin definición alguna de su función o cometido, y exige 'escritura pública' cuando el pago lo realiza una entidad aseguradora".
Justicia reacciona y no descarta cambiar el texto
Mientras el anteproyecto de ley aún está en proceso de tramitación, ANAVA-RC ha enviado sendos escritos de protesta al secretario general técnico del Ministerio de Justicia, Jacobo Fernández Álvarez, y al director general de Seguros, Sergio Álvarez Camiña, manifestando su "más radical oposición" y ha solicitado una reunión urgente con representantes del Ministerio de Justicia en la que también estén presentes el resto de asociaciones de víctimas de accidentes y de abogados de víctimas a nivel nacional.
Tras el revuelo generado por la denuncia, el Ministerio ha informado que está valorando distintas observaciones y está abierto a estudiar modificaciones en el anteproyecto. Según han indicado, una vez llegue a las Cortes se buscará el máximo acuerdo y consenso con el resto de fuerzas políticas para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, y en este caso de los familiares de las víctimas de los accidentes de tráfico. "Para nosotros es necesaria y obligada la reparación y en eso estamos trabajando".
Actualmente, el anteproyecto está siendo analizado por el Consejo de Estado y se sigue dando audiencia a todos los sectores de la sociedad civil afectados por la reforma.
La indemnización "nunca ha sido un incremento patrimonial"
Manuel Castellanos, presidente de la asociación, ha puesto de relieve que, desde el punto de vista fiscal, "las indemnizaciones nunca se han considerado como un incremento de patrimonio si no una compensación de las disminuciones sufridas a consecuencia del accidente".
También han advertido de que tributar las indemnizaciones conseguidas en los acuerdos amistosos "lo que generaría es un desbocado aumento de litigios, pues los ciudadanos deberían esperar a la sentencia judicial para que su indemnización quede exenta de tributación, cargando más, si cabe, a la ya desbordada administración de Justicia".