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Economía

Juez rechaza demanda de 248 millones euros por rotura Aznalcóllar

Sevilla, 24 nov (EFECOM).- Un juzgado de Madrid ha rechazado la demanda de la multinacional sueca Boliden Apirsa contra ACS, Intecsa, Geocisa y otras empresas españolas, a las que reclamó 248 millones de euros por los daños derivados del vertido tóxico de 1998 en Aznalcóllar, en los aledaños del Parque de Doñana.

El juzgado de primera instancia 9 de Madrid, en una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, rechaza la totalidad de la demanda porque no se ha demostrado ningún incumplimiento contractual de las empresas que recrecieron la balsa de residuos de Minas de Aznalcóllar (Sevilla).

Según la sentencia, los informes periciales demostraron "las graves dificultades que aún persisten para conocer la reacción de determinados materiales" del subsuelo, en este caso las conocidas como margas azules del Guadalquivir, y por ello Boliden no demostró en el juicio que las empresas que construyeron y recrecieron la balsa no utilizaran "las mejores técnicas aceptadas actualmente en el mundo", como se comprometieron en contrato.

El vertido del 25 de abril de 1998 de millones de metros cúbicos de metales pesados y lodos contaminados no solo causó "importantes daños y perjuicios" sino que "pudo llegar a ser uno de los mayores desastres ecológicos", según la juez.

No obstante, la sentencia no aprecia ninguna "culpa o negligencia" en las empresas españolas que construyeron y supervisaron la balsa de residuos pues "las presiones de aguas intersticiales, la marcada fragilidad de la arcilla azul del Guadalquivir y la magnitud de las tensiones transmitidas al dique de contención" seguían siendo objeto de controversia entre los expertos cinco años después del siniestro.

La juez no aprecia que Dragados y Construcciones (ahora ACS) "incumpliera, al elaborar el proyecto y el posterior recrecimiento, lo obligado contractualmente" ni que lo hiciera Geocisa en su informe de estabilidad de la presa.

La sentencia del juzgado de primera instancia se basa en gran parte en el informe pericial que ya sirvió a la Audiencia de Sevilla para archivar, en el año 2001, la demanda penal por presunta negligencia dirigida contra técnicos de Boliden, de las empresas constructoras y de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) que debían supervisar la presa.

Así, destaca la juez que "no nos encontrábamos ante un terreno con antiguos deslizamientos por los que estuviera ya debilitado" y "la fragilidad de las arcillas no era pensable en la época del proyecto", mientras que "la teoría de la rotura progresiva que acogen los peritos judiciales no se discutía en 1978".

Junto a ello, los peritos concluyeron que la rotura de la balsa se hizo de una forma "inusual en estas formaciones y con necesidad de asignar a las margas o arcillas una estructura jamás considerada anteriormente, y no solo en el campo nacional".

Al negar la responsabilidad contractual de las empresas constructoras, la juez rechaza igualmente cualquier condena a sus respectivas compañías aseguradoras, en una sentencia que además impone a Boliden el pago de todas las costas del juicio. EFECOM

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