
Los datos afectados permiten identificar a las personas por ideología o religión
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado investigar si en los juzgados y tribunales de Cataluña se han producido accesos indebidos a tratamientos de datos jurisdiccionales para actividades de inspección, control o seguimiento, al margen de la ley. Estos datos incluyen los que permiten la identificación de la ideología, afiliación sindical, religión, orientación sexual, creencias u origen racial o étnico de las personas; así como a condenas e infracciones penales.
Los responsables de estos tratamientos son los juzgados y tribunales, únicos que pueden autorizar el acceso a los datos. La posibilidad de acceder a ellos para el ejercicio de funciones de inspección y control se limitan a las establecidas en la propia Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y no en ninguna otra norma o acto administrativo, como sería una simple instrucción de la Generalitat. En caso de autorización de los jueces, el acceso debe limitarse a lo imprescindible, lo que excluye la posibilidad de accesos generales o indiscriminados; y debe hacerse con conocimiento individualizado del responsable de tratamiento y bajo su supervisión.
El órgano de gobierno de los jueces ha tomado esta decisión después de que, hace unos días, en las pantallas de los ordenadores de algunos jueces y magistrados destinados en Cataluña apareciera un mensaje informando de la posibilidad de acceso a los elementos que conforman las tecnologías de la información y comunicación (TIC) al servicio de la Administración de Justicia "para llevar a cabo actividades de "control y seguimiento", incluidas las estaciones de trabajo e infraestructuras comunes".
Según la información facilitada al Consejo por distintos jueces y magistrados, posteriormente confirmada por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el mensaje incluía una mención final que indicaba que el uso del ordenador implica una "manifestación expresa" del conocimiento de los términos y condiciones de la instrucción e incluía una pestaña de "confirmación de lectura", que forzosamente había de ser pulsada para seguir utilizando el dispositivo.
La Comisión Permanente recuerda en una nota que los ficheros de datos de los juzgados y tribunales de Cataluña son, en buena medida, tratamientos de datos jurisdiccionales y que, en no pocas ocasiones, los tratamientos se corresponden con las categorías especiales de la Ley Orgánica de Protección de Datos y del Reglamento Europeo de Protección de Datos.
Por otra parte, el Departamento de Justicia de la Generalitat ha interpuesto un recurso contencioso administrativo contra el Gobierno del Estado por la "discriminación" que consideran que sufre el catalán, al no estar contemplado como mérito en las pruebas de selección de nuevos funcionarios para los juzgados.