Motor

Multar o retirar puntos del carnet sin saber quién conduce es ilegal

Radar Pegasus de la DGT.

La Dirección General de Tráfico (DGT) no puede multar o retirar puntos del carnet de conducir al propietario del coche si no puede demostrar quién estaba al volante en el momento de la infracción, según recoge una sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 6 de Madrid.

El escrito, al que ha tenido acceso El Español, hace referencia a la sanción expedida a un conductor que fue captado en abril de 2016 por el helicóptero de Tráfico Pegasus circulando a 161 kilómetros por hora en un tramo cuya velocidad máxima está limitada a 120 km/h.

No obstante, el propietario, tras alegar varios recursos, decidió no identificar al conductor en cuestión y, dado que no "no existe prueba en el expediente administrativo de que el recurrente fuera el conductor del vehículo", la sanción de 300 euros y retirada de dos puntos del carné que se le interpuso "infringe los principios de responsabilidad personal y de presunción de inocencia, por lo que debe desestimarse la demanda". Además, condena a la DGT a pagar las costas del procedimiento.

El problema radica en que estas sanciones son tan cuantiosas que el nivel de impagos a la Administración es muy elevado, explican fuentes del sector al citado medio. Por ello, las delegaciones de Tráfico abogan por interponer los 300 euros de multa y la pérdida de puntos, atribuyendo a la persona que figura en los papeles del coche la responsabilidad de la infracción. 

En cualquier caso, la legislación española contempla multas de 900 euros para todos aquellos propietarios que se nieguen a identificar a los conductores tras recibir una sanción. Pero ese dinero no es una multa de tráfico, sino una sanción administrativa por la falta de colaboración.

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