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Madrid extiende al viernes la prohibición de aparcar en zona SER para los no residentes por alta contaminación

Madrid mantendrá activado este viernes, 27 de octubre, el escenario 2 del protocolo anticontaminación, lo que implica la prohibición de aparcamiento en la zona SER para los no residentes.

Junto a esta medida, se prolonga la limitación a 70 km/h como velocidad máxima en la M-30 y en los accesos dentro de la M-40, en ambos sentidos. El Ayuntamiento de Madrid recomienda el uso del transporte público.

La prohibición para los no residentes se extiende a todo el horario de servicio SER, es decir, de 9 a 21 horas. Durante todo el día, las aplicaciones y los parquímetros informarán en sus pantallas de la prohibición de aparcar en la zona SER y no se expenderán tiques.

Esta medida está en activo desde el pasado martes, y se prolonga tras superarse de nuevo el nivel de preaviso por dióxido de nitrógeno (NO2) en varias estaciones de la zona 1 de la Red de Vigilancia de la Calidad del Aire y ante las previsiones meteorológicas desfavorables.

Antes de las 12 horas del viernes, se informará a la ciudadanía de las medidas a adoptar para el sábado. Asimismo, el Ayuntamiento comunicará a los ciudadanos las restricciones al tráfico a través de la web municipal, paneles informativos de tráfico y DGT, CRTM/EMT, gabinete de tráfico, Emergencias Madrid, sitio web http://madrid.es y redes sociales.

Excepciones

El protocolo establece excepciones a la prohibición de estacionar en las plazas y horario del SER. Son las dirigidas a titulares de una autorización del SER como residente, exclusivamente en su correspondiente barrio y plazas, además de titulares de una autorización de Comerciales e Industriales del SER.

También los vehículos que no sean de combustión interna: eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas, así como vehículos eléctricos enchufables y vehículos eléctricos de rango extendido, siempre que hayan obtenido la correspondiente autorización otorgada por el Ayuntamiento de Madrid.

La excepción también llega a los vehículos estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad (mudanzas, vehículos diplomáticos en sus reservas específicas, coches oficiales, etc), además de los taxis que estén en servicio y su conductor esté presente y los vehículos de alquiler de servicio público con conductor, en idénticas condiciones.

También se incluye a los vehículos destinados al transporte de personas de movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente, con sujeción a las prescripciones y límites establecidos en la autorización especial y siempre que se esté transportando al titular de dicha autorización.

Igualmente llega a servicios esenciales: vehículos de extinción de incendios, salvamento y protección civil, fuerzas y cuerpos de seguridad, agentes de movilidad, ambulancias y vehículos de asistencia sanitaria pública y privada, gestión semafórica y, en general, los que sean precisos para la prestación de servicios públicos básicos (electricidad, agua, gas y telefonía). También a las unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual.

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