
La Dirección General de Tráfico (DGT) y la Guardia Civil han publicado los márgenes de error exactos que aplican en los radares de las carreteras españolas cuando un conductor excede el límite de velocidad permitido.
Según han informado a través de sus cuentas de Twitter, los dispositivos están programados para captar a aquellos vehículos que excedan en más de 7 km/h la velocidad en carreteras cuyo límite es 100 km/h, y a los que sobrepasen un 7% el máximo permitido en caso de que se circule por una vía de más de 100 km/h.
¿A qué #velocidad salta un radar?
— Guardia Civil ???????? (@guardiacivil) 22 de noviembre de 2016
Hasta 100 km/h suma 7 km/h
A más de 100 km/h suma el 7%#LaCarreteraNoEsUnCircuito pic.twitter.com/ffLfG28XH4
Es decir, siguiendo este criterio, en las carreteras en las que se permite circular a 50, el radar no salta hasta los 58 km/h. Para las vías a 60 km/h, el límite entre la multa y la no multa es 68 Km/h. Igual para los 70 (a 78km/h), 80 (88km/h), 90 (98 km/h) y 100 (108 km/h).
Por su parte, en las vías en las que el límite está fijado en 110 o 120 km/h, el margen de error que se aplica en estos artilugios es de un 7%, de tal forma que en el primer caso la sanción no se aplicaría hasta alcanzar los 117,7 km/h y en el segundo hasta los 128,4 km/h.
Si bien es cierto que en el mensaje difundido no se discrimina entre los radares fijos y los radares móviles. Según recoge la asociación de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en base a la última normativa aprobada -que entró en vigor en 2010- , los márgenes de error que se deben aplicar en los radares fijos debe ser de 5 km/h para velocidad iguales o inferiores a 100 km/h y del 5% caso de velocidades superiores. En el caso de instalaciones móviles, es de 7 km/h para velocidades iguales o inferiores a 100 km/h realizadas por instalaciones móviles o del 7% caso de velocidades superiores.
Se aplica de forma ilegal
Precisamente esta institución fue la que denunció la aplicación ilegal de los márgenes de error por parte de la DGT. Según informa, Tráfico está multando a los conductores en base a la velocidad exacta a la que son cazados por el radar, con lo que no se aplican los márgenes de error correspondientes antes de emitir la sanción.
De esta forma, en un caso en el que un conductor circule a 151 km/h en una autopista limitada a 120 km/h, la DGT multa en base a esa velocidad, lo que se traduce en 300 euros y el detrimento de dos puntos del carnet de conducir. En caso de que aplicase bien la ley, la sanción se interpondría sobre los 141 km/h resultantes tras aplicar el margen de error del 7% correspondiente, con lo que la multa quedaría reducida a 100 euros sin retirada de puntos del carnet.
Por ese motivo, desde la asociación instan a que se sigan denunciando este tipo de multas antes de abonar la cuantía porque "Tráfico nos está engañando" a pesar de que ya hay más de 100 sentencias judiciales que dan la razón al demandante, tal y como aseguró a Ecomotor la propia entidad.