
La Universidad de Valladolid habría publicado una oferta para cubrir una plaza de profesor ayudante Doctor. Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL, con sede en Valladolid, ha anulado la resolución del Rector de la UVA de 4 de noviembre de 2016 que incluye un contrato laboral de interinbidad, que se ha efectuado al amparo del procedimiento de contratación de profesorado con carácter de urgencia.
La Sala ha señalado que la publicación no establece las exigencias legales de publicidad de la oferta, a pesar de que se pusiera en el tablón de anuncios del departamento y en el del centro, tal y como establece el procedimiento indicado de contratación de profesorado con carácter de urgencia. De esta forma, ha estimado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº1, de 30 de junio de 2017 y ha ordenado la retroacción de las actuaciones para que la Comisión de Selección evalúe y motive adecuadamente la propuesta.
La sentencia se apoya también en el hecho de que en el momento actual las Sedes Electrónicas de las Adminstraciones Públicas, como la de dicha institución, que tiene desde 2012 un tablón de anuncios electrónico, permite cumplir esa exigencia para garantizar la continuidad de la impartición de la docencia.
Con esta resolución, la Sala ha atendido al motivo de impugnación alegado por la recurrente mediante el que se ponía de relieve que esa defectuosa publicación podría hacer que se produjera un caso de endogamia universitaria.