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¿Cómo se va a calificar a los estudiantes de la enseñanza obligatoria a partir de ahora?

  • El concepto de competencia está presente en la legislación educativa desde la LOE (2006)
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Una aproximación a los nuevos Reales Decretos educativos publicados en estas últimas semanas, en las etapas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, ponen de manifiesto la rotunda presencia del elemento competencial en el diseño curricular partiendo del elemento de evaluación, que siempre hemos considerado, erróneamente, como parte final del proceso de enseñanza y aprendizaje, olvidando que debe ser un elemento educativo continuo que acompañe al alumnado en su aprendizaje.

Dicho con otras palabras: los Reales Decretos modifican los criterios de evaluación para realizar un cambio global del aprendizaje que llene de novedad al sistema educativo, a los centros educativos y a los equipos docentes como agentes de este cambio.

El concepto de competencia está presente en la legislación educativa desde la LOE (2006), momento en el cual se comienza a pensar que el aprendizaje de saberes aislados y memorísticos no contribuyen a enseñar a "saber hacer" a nuestros alumnos. Este conjunto de saberes, que nos permiten un desempeño que nos habilite para asumir retos, encuentra dificultades en el ámbito educativo en dos aspectos principales: El docente trabaja contenidos en el aula sin la certeza de que estos estén calando en el alumnado y, si consigue que estos sean adquiridos, no sabe cómo evaluarlos, puesto que el componente "cuantitativo" está desajustado para valorar un aprendizaje de carácter "cualitativo" donde no solo se incluyen datos y contenidos de materias y asignaturas, sino destrezas variadas donde influyen actitudes, habilidades y valores que se adquieren a los largo de nuestra vida.

Es este sentido, es importante destacar las novedades de estos textos legislativos para conseguir la correcta adquisición de competencias y su ajustada y objetiva evaluación, continua y formativa. Entre las novedades destacan varias significativas que justifican el cambio en la evaluación y en sus calificaciones:

- La diferenciación entre competencia clave y competencia específica, entendiendo la primera como aquellos desempeños imprescindibles para que el alumno progrese con éxito a nivel formativo; y la segunda, como aquellos desempeños que necesitan unos saberes básicos que encontraremos en cada materia o ámbito. Con ambas competencias se forma el Perfil de salida del alumno al terminar su Educación Básica, con la idea que su aprendizaje continuado sea rico e integrador para su persona.

- El desarrollo de un currículo amparado por el Diseño Universal del Aprendizaje, entendido como un "diseño para todos", un diseño curricular amplio que no requiere adaptarlo según las dificultades educativas. Una organización del aprendizaje que tenga cabida, ante cualquier necesidad educativa, en cualquier momento, que se dé. No esperar a conocer la dificultad educativa, la diversidad o la discapacidad, sino adelantare a ella para no tener que realizar adaptaciones y considera la educación como verdaderamente inclusiva.

- La modificación del sistema de calificación se concreta en que dicha evaluación debe dejar de considerar la calificación numérica del alumnado, al no ajustarse cualitativamente con el nuevo concepto de evaluación integradora y continua, y centrarse en la consecución de los objetivos y en adquisición de competencias. El equipo docente, con carácter colegiado, no analizará el número de materias con evaluación negativa, suspensos, para determinar si un alumno promociona o titula, sino que analizará si, con carácter cualitativo: insuficiente, suficiente, bien, notable o sobresalientemente, el alumnado resuelve problemas que se presentan o presentarán en los distintos ámbitos de su vida.

Elaborado por Blanca María Dorado Quintana, profesora del Máster en Liderazgo y Dirección de Centros Educativos de la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR)

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