Comisión creada en el seno del Consejo de Administración, obligatoria en las sociedades con valores cotizados. Entre sus funciones y competencias se encuentran la propuesta de nombramiento de auditores externos, la supervisión de la auditoría interna y el conocimiento de los sistemas de control interno y del proceso de información financiera. En cuanto a su composición, deberá tener mayoría de consejeros no ejecutivos. El número de integrantes, las competencias y las normas de funcionamiento del Comité de Auditoría se encuentran fijados en los estatutos de la sociedad. Ver CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, CONSEJERO DOMINICAL, CONSEJERO EJECUTIVO y CONSEJERO INDEPENDIENTE.
Origen: CNMV