Cliente minorista

Es el que no invierte de manera profesional, por lo que se le presupone menor conocimiento de los mercados financieros. La mayor parte de los inversores se encuadran en esta categoría, a la que se otorga un nivel de protección superior al del cliente profesional. Bajo determinadas circunstancias y cumpliendo una serie de requisitos, un cliente minorista puede solicitar que se le considere profesional.

Origen: CNMV

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