
Las deducciones autonómicas son aliadas para el contribuyente porque alivian el resultado de sus declaraciones de la Renta. Todas las regiones tienen la potestas para aplicar las que consideren oportunas y bajo el cumplimiento de unos requisitos que también determinan las comunidades.
Es el caso de La Rioja, comunidad autónoma que en la pasada Campaña de la Renta emitió casi 200.000 declaraciones, según los datos de la Agencia Tributaria. La comunidad riojana ofrece a sus ciudadanos una veintena de deducciones con la que podrán, si cumplen los requisitos, ahorrar cantidades nada desdeñables en la Renta del ejercicio de 2024.
Como siempre, y a modo de requisito previo, se exige la residencia fiscal en La Rioja durante 2024, lo que se consigue si el contribuyente vivió en esta comunidad autónoma más días que en ninguna otra de España.
Las deducciones autonómicas de La Rioja para la Campaña de la Renta 2024-2025 aparecen en este enlace del Manual de Renta 2024 y son las siguientes:
Por nacimiento y adopción de hijos
La deducción es de 600 euros por el primer hijo, de 750 euros por el segundo y de 900 euros por el tercero y sucesivos. En el caso de nacimientos o adopciones múltiples se otorgan 60 euros adicionales por hijo. El importe se puede dividir entre los dos progenitores.
Por la adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios de La Rioja
La deducción es del 5% de las cantidades pagadas en el ejercicio, con el límite de 452 euros por declaración. La base máxima de la deducción es de 9.040 euros. Es obligatorio que el contribuyente iniciase la obra o compra a partir de 2017.
Hacienda publica una lista con los pequeños municipios de La Rioja que dan derecho a deducciones como esta: el contribuyente puede acceder al listado en este enlace del Manual de Renta.
Por gastos en escuelas infantiles, centros de educación infantil o personal contratado para el cuidado de hijos de 0 a 3 años para contribuyentes que fijen su residencia habitual en pequeños municipios de La Rioja
Se deduce el 30% de los gastos en preinscripciones, matrícula de menores de tres años, asistencia en horario general y ampliado y alimentación. El límite máximo de la deducción es de 600 euros por menor y los dos progenitores pueden prorratear el importe de la misma.
Para beneficiarse de la deducción es indispensable que el contribuyente ejerza una actividad por cuenta propia o ajena fuera del domicilio familiar y que resida en uno de los pequeños municipios de La Rioja de la lista de Hacienda.
Por cada menor en régimen de acogimiento familiar de urgencia, temporal o permanente o guarda con fines de adopción
La deducción es de 300 euros por menor que conviva 183 días o más con el contribuyente, y de 150 euros si la convivencia es superior a 90 y menor a 183 días. Cada uno de los contribuyentes con derecho a la deducción puede conseguir el 50% de la misma.
Por cada hijo de 0 a 3 años de contribuyentes que tengan su residencia o trasladen la misma a pequeños municipios de La Rioja en el periodo impositivo y la mantengan durante un plazo de al menos 3 años consecutivos
La deducción es de 100 euros mensuales por hijo menor de tres años. Es indispensable residir en uno de los pequeños municipios de la lista facilitada por Hacienda.
Por cada hijo de 0 a 3 años en escuelas infantiles o centros de educación infantil de cualquier municipio de La Rioja
Se deduce el 20% de los gastos en preinscripciones, matrícula de menores de tres años, asistencia en horario general y ampliado y alimentación. El límite máximo de la deducción es de 600 euros por menor y los dos progenitores pueden prorratear el importe de la misma.
Es indispensable que el contribuyente resida en alguno de los pequeños municipios de la lista facilitada por Hacienda. Además, se obliga a que la base liquidable general no supere los 18.030 euros en declaración individual y los 30.050 en conjunta, siempre que la base liquidable del ahorro no supere los 1.800 euros.
Por acceso a Internet para los jóvenes emancipados
Se deduce el 30% del importe de los gastos anuales facturados y pagados a las empresas suministradoras por personas que no hayan cumplido 36 años y que suscriban en el primer semestre del ejercicio impositivo el contrato de acceso a Internet. La deducción sube al 40% en familias monoparentales o que residan en los pequeños municipios de La Rioja.
La deducción se puede prorratear entre los contribuyentes que tuviesen derecho a ella y es obligatorio que ni el contrato firmado ni los contribuyentes estén vinculados a una actividad económica.
La base liquidable general no puede superar los 18.030 euros en declaración individual y los 30.050 en conjunta y la base liquidable del ahorro no puede superar los 1.800 euros.
Por suministro de luz y gas de uso doméstico para los jóvenes emancipados
La deducción es del 15% de los gastos anuales facturados y pagados a las suministradoras por personas menores de 36 años que firmasen el contrato durante el primer semestre del ejercicio impositivo. El importe de la deducción sube al 20% en contribuyentes que residen en los pequeños municipios de La Rioja y al 25% en familias monoparentales.
La deducción se puede prorratear entre los contribuyentes que tuviesen derecho a ella y es obligatorio que ni el contrato firmado ni los contribuyentes estén vinculados a una actividad económica.
La base liquidable general no puede superar los 18.030 euros en declaración individual y los 30.050 en conjunta y la base liquidable del ahorro no puede superar los 1.800 euros.
Por inversión en vivienda habitual de jóvenes menores de 36 años
Se deduce el 15% de las cantidades pagadas en compra, construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda, siempre que se haya adquirido a partir de 2013. La base máxima anual de la deducción es de 9.000 euros.
La base liquidable general no puede superar los 18.030 euros en declaración individual y los 30.050 en conjunta y la base liquidable del ahorro no puede superar los 1.800 euros.
Por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años
Con carácter general la deducción es del 10% de las cantidades pagadas, con un límite de 300 euros, pero sube al 20% de las cantidades pagadas con un límite de 400 euros en el caso de residencia en pequeños municipios de La Rioja. Si varios contribuyentes tienen derecho a la misma deducción el importe de la misma puede prorratearse.
La base liquidable general no puede superar los 18.030 euros en declaración individual y los 30.050 en conjunta y la base liquidable del ahorro no puede superar los 1.800 euros.
Por adquisición de bicicletas de pedaleo no asistido
Se deduce el 15% de la compra de bicicletas, con dos límites: 50 euros por vehículo y dos vehículos por unidad familiar. Si existen varios beneficiarios en la misma unidad se puede prorratear el importe de la deducción.
Por las cantidades invertidas en obras de rehabilitación de la vivienda habitual
La cuantía de la deducción es del 5% de las cantidades pagadas en el ejercicio para jóvenes menores de 36 años y sube al 7% si la base liquidable general no supera los 18.030 euros en declaración individual y los 30.050 en conjunta y la base liquidable del ahorro no supera los 1.800 euros. Para el resto de ciudadanos la deducción es del 2%.
Hacienda explica que solo tendrán derecho a la deducción los contribuyentes que hubieran pagado antes de 2013 cantidades por obras de rehabilitación siempre que se hubiesen acabado antes de 2017.
Por cantidades invertidas en adquisición o construcción de vivienda habitual para jóvenes
La deducción es del 3% para jóvenes menores de 36 años y sube al 5% si la base liquidable general no supera los 18.030 euros en declaración individual y los 30.050 en conjunta y la base liquidable del ahorro no supera los 1.800 euros. La base máxima anual es de 9.040 euros.
Podrán beneficiarse de la deducción las personas que hubiesen comprado una vivienda antes de 2013 y las que hubiesen pagado obras de rehabilitación antes de 2013 siempre que las obras terminasen antes de 2017.
Por adquisición o rehabilitación de segunda vivienda en el medio rural
La deducción es del 8% de las cantidades pagadas con un límite de 450,76 euros. Es una deducción disponible para personas que hubiesen comprado la casa antes de 2013 o hubiesen pagado cantidades para la rehabilitación siempre que se hubiese terminado antes de 2017.
Importante: la deducción solo aplica si la segunda residencia se encuentra en alguno de los municipios incluidos en esta lista que publica Hacienda en el Manual de Renta.
Por obras de adecuación de vivienda habitual en La Rioja para personas con discapacidad
La deducción es del 15% de las cantidades pagadas en el ejercicio siempre que se hubiesen pagado cantidades antes de 2013 por obras que finalizasen antes de 2017. La base máxima de la deducción es de 9.040 euros.
Por donaciones para la promoción y estímulo de las actividades de fomento de mecenazgo
La deducción es del 15% de las donaciones a las instituciones recogidas en este enlace del Manual de Renta 2024. El límite conjunto con la deducción por donaciones para la investigación, conservación, restauración, rehabilitación, consolidación, difusión, exposición y adquisición de bienes de interés cultural del Patrimonio Histórico de La Rioja es de 500 euros anuales.
Por donaciones para la investigación, conservación, restauración, rehabilitación, consolidación, difusión, exposición y adquisición de bienes de interés cultural del Patrimonio Histórico de La Rioja
La deducción es del 15% y el límite conjunto con la deducción por donaciones para la promoción y estímulo de las actividades de fomento de mecenazgo es de 500 euros.
Por donaciones a empresas culturales
La deducción es del 20% de las cantidades donadas a cualquiera de las empresas recogidas en este enlace del Manual de Renta. El límite de la deducción es de 500 euros anuales.
Por donación de bienes culturales por sus autores o creadores y sus herederos
La deducción es del 20% del importe de la valoración de los bienes donados, con un límite de 500 euros.
Por cantidades destinadas a investigación, conservación, restauración, rehabilitación o consolidación de bienes que formen parte del patrimonio histórico de La Rioja
Se deduce el 15% de las cantidades pagadas con un límite máximo de 500 euros.
Para fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva
Se deduce el 30% de los gastos del contribuyente, cónyuge y resto de personas que den derecho a aplicar el mínimo personal y familiar en gimnasios, instalaciones deportivas, servicios prestados por entidades del Registro de Deporte de La Rioja, clases para la práctica del deporte o educación física y licencias federativas riojanas. La deducción es del 100% para mayores de 65 años y personas con discapacidad de al menos un 33%. El límite es de 300 euros anuales.
Destinada a los enfermos de ELA
La deducción es del 50% de los gastos del contribuyente, cónyuge y resto de las personas que den derecho a aplicar el mínimo familiar y personal por gastos relacionados con el diagnóstico y tratamiento de la enfermedad, con un límite de 2.000 euros. Si hay varios contribuyentes con derecho a la deducción su importe se puede prorratear.
Para paliar la subida de los intereses de los préstamos hipotecarios destinados a la adquisición de vivienda habitual
Se deduce el 15% de las cantidades dedicadas al pago de intereses, con una base compuesta por los "intereses satisfechos por el contribuyente una vez minorados en las cantidades obtenidas por la aplicación de instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés variable de los préstamos hipotecarios" y un valor máximo de 5.000 euros, informa Hacienda.