
La comunidad de Castilla y León es una de las regiones españolas que supera con claridad el millón de declaraciones en la Campaña de la Renta (fueron más de 1,37 millones en el ejercicio 23-24, de acuerdo con los datos de Hacienda), por lo que sus contribuyentes son numerosos y forman un gran número de ciudadanos interesados en conocer cuál será el resultado de su declaración.
Castilla y León ofrece cerca de una veintena de deducciones a sus contribuyentes, que podrán beneficiarse de ellas en función de su nivel de ingresos y de otros requisitos impuestos por la autoridad fiscal autonómica que lindan con materias como la vivienda, la natalidad, las inversiones, las donaciones...
Sea como fuere, lo que los contribuyentes han de tener claro es que para poder beneficiarse de las deducciones es indispensable acreditar la residencia fiscal en el territorio de Castilla y León durante el ejercicio 2024: esto pasará cuando esta región sea en la que más días se haya residido en dicho periodo.
La Agencia Tributaria ha publicado en su manual de Renta un enlace con las deducciones autonómicas de Castilla y León para la Renta 2024-2025. Son las siguientes:
Por familia numerosa
La deducción es, con carácter general, de 600 euros, pero aumenta a 1.500 en el caso de familia numerosa con cuatro descendientes, a 2.500 con cinco y, desde ese punto, se otorgan 1.000 euros adicionales a partir del sexto y sucesivos.
Con todo, en el caso de que alguno de los cónyuges o descendientes tenga una discapacidad del 65% o más se concederán 600 euros extra de deducción. En el caso de poner beneficiarse los dos progenitores el importe de la deducción se prorratea entre ambos.
Por nacimiento o adopción de hijos
Se otorgan 1.010 euros si se trata del primer hijo, 1.475 euros por el segundo y 2.351 euros por el tercer hijo y sucesivos. Si el nacimiento adopción es el medio rural las cantidades suben a 1.420, 2.070 y 3.300 euros, respectivamente. Todas las cantidades se duplican en el caso de que el nacido o adoptado tenga una discapacidad de al menos un 33%.
Si ambos progenitores tienen derecho a la misma deducción, el importe de la misma se prorrateará entre los dos.
Por partos o adopciones múltiples
La deducción es del 50% de la cantidad de la deducción 'Por nacimiento o adopción de hijos' cuando el parto o adopción es de dos hijos, y sube al 100% en el caso de que sea de tres o más hijos. La deducción aplica pata todos los supuestos de nacimientos y adopciones independientes sucedidos en el año 2024.
Existe una deducción adicional para los partos y adopciones múltiples de 2022 y 2023, ya que en esos dos ejercicios se pactó una deducción de 901 euros durante los dos años siguientes a esos nacimientos y adopciones.
Por cuidado de hijos menores
Es una deducción del 30% de las cantidades pagadas a la persona empleada de hogar con un límite máximo de 322 euros o del 100% de los gastos de preinscripción, matrícula, asistencia y gastos de alimentación en escuelas, centros y guarderías infantiles de la comunidad, con un límite de 1.320 euros. Si los dos progenitores pueden beneficiarse, el importe se prorratea entre ambos.
Es obligatorio que el hijo sea menor de cuatro años, que ambos padres realicen una actividad por cuenta ajena o propia, que la persona empleada de hogar esté dada de alta y que la suma de la base imponible general más la base imponible del ahorro menos el mínimo personal y familiar no supere los 18.900 euros en tributación individual y los 31.500 euros en conjunta.
Por gastos de adopción
La deducción es de 784 euros por adopción y de 3.625 por adopción internacional. La deducción solo es aplicable en el ejercicio en el que se realiza el registro y se puede prorratear entre ambos progenitores si los dos tienen derecho a la deducción.
Por cuotas a la Seguridad Social de empleados del hogar
Se otorga una deducción del 15% de las cantidades pagadas con un límite de 300 euros. La deducción solo se puede aplicar con hijos menores de cuatro años y cuando la suma de la base imponible general más la base imponible del ahorro menos el mínimo personal y familiar no supere los 18.900 euros en tributación individual y los 31.500 euros en conjunta.
Por contribuyentes con discapacidad
Hay tres deducciones posibles:
- Una de 300 euros para contribuyentes de 65 años o más y discapacidad de al menos un 33%.
- Una de 656 euros para contribuyentes de 65 años o más y discapacidad de al menos un 65%.
- Una de 300 euros por contribuyentes menores de 65 años con un 65% o más de discapacidad.
Si se quiere disfrutar de esta deducción el contribuyente no puede ser usuario de residencias públicas o concertadas de Castilla y León y la suma de la base imponible general más la base imponible del ahorro menos el mínimo personal y familiar no supere los 18.900 euros en tributación individual y los 31.500 euros en conjunta.
Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual por jóvenes en el medio rural
Se concede una deducción del 15% de las cantidades pagadas en adquisición, rehabilitación y construcción (si las obras acaban en menos de cuatro años desde el inicio de la inversión), siempre que el contribuyente sea menor de 36 años, se trate de su primera vivienda habitual y la vivienda esté en un municipio de menos de 10.000 habitantes o de menos de 3.000 si se encuentra a menos de 30 kilómetros de la capital de provincia. La base máxima de la deducción es de 10.000 euros.
Además, la vivienda debe tener un valor inferior a 150.000 euros, la compra se debió hacer a partir de 2023 y la suma de la base imponible general más la base imponible del ahorro menos el mínimo personal y familiar no puede superar los 18.900 euros en tributación individual y los 31.500 euros en conjunta.
Por actuaciones de rehabilitación subvencionadas en el marco de planes estatales o autonómicos de vivienda destinadas a la mejora de la eficiencia energética, la sostenibilidad y la adecuación a la discapacidad de la vivienda habitual
Se deduce el 15% de las cantidades pagadas en instalación de paneles solares para agua caliente, mejoras en las instalaciones térmicas, de suministro, instalación de mecanismos para el ahorro de agua y obras e instalaciones de adecuación necesarias para la accesibilidad y la comunicación sensorial. La base máxima de la deducción es de 20.000 euros.
La deducción solo se puede aplicar si las actuaciones han sido subvencionadas y, además, ha de solicitarse solo en el ejercicio del cobro de esa subvención.
Por rehabilitación de viviendas en el medio rural destinadas a su alquiler
La deducción es del 15% de las cantidades invertidas, con un límite de 20.000 euros. La vivienda debe estar en un municipio de menos de 10.000 habitantes o de menos de 3.000 habitantes si está a menos de 30 kilómetros de la capital de provincia.
Es necesario que la vivienda no se alquile al cónyuge o familiares hasta el tercer grado durante los primeros cinco años tras las obras, periodo en el cual si la vivienda estuviese vacía debe ofrecerse para el alquiler. También es imprescindible que el alquiler sea de un máximo de 300 euros al mes.
Por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes
La deducción es de:
- El 20% de las cantidades pagadas con un límite de 459 euros.
- El 25% de las cantidades pagadas con un límite de 612 euros si la vivienda se encuentra en un municipio de menos de 10.000 habitantes o menos de 3.000 si está a menos de 30 kilómetros de la capital de provincia.
Para beneficiarse de la deducción el contribuyente debe tener menos de 36 años y la suma de la base imponible general más la base imponible del ahorro menos el mínimo personal y familiar no puede superar los 18.900 euros en tributación individual y los 31.500 euros en conjunta.
Para el fomento de emprendimiento
Se deduce el 20% de las cantidades pagadas en la compra de acciones o participaciones en procesos de constitución de empresas o ampliaciones de capital. El límite es de 10.000 euros.
El domicilio fiscal y social de las empresas debe estar en Castilla y León, el porcentaje de las acciones debe estar entre el 0,5 y el 45% del capital social, se deben mantener al menos tres años y esas sociedades deben incrementar su plantilla en el año de la inversión o el siguiente.
La inversión máxima que se computa es la suma de los siguiente importes: 100.000 euros por cada incremento de persona/año en la plantilla y 50.000 euros por cada contrato de trabajadores autónomos económicamente independientes, así como por los de autónomos que sean familiares colaboradores.
La Agencia Tributaria indica en este enlace del Manual de Renta los destinos de las inversiones que permiten al contribuyente beneficiarse de esta deducción.
Por cantidades invertidas en la recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural de Castilla y León
La deducción es del 15% de las cantidades invertidas en los destinos recogidos en este enlace del Manual de Renta 2024.
La suma de la base imponible general más la base imponible del ahorro menos el mínimo personal y familiar no puede superar los 18.900 euros en tributación individual y los 31.500 euros en conjunta.
Por cantidades donadas a fundaciones de Castilla y León y para la recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural
La deducción es del 15% de las cantidades invertidas en los destinos recogidos en este enlace del Manual de Renta 2024.
La suma de la base imponible general más la base imponible del ahorro menos el mínimo personal y familiar no puede superar los 18.900 euros en tributación individual y los 31.500 euros en conjunta.
Por cantidades donadas para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación
La deducción es del 15% en donaciones a universidades públicas de Castilla y León, así como a fundaciones y el resto de instituciones que tengan como función principal investigar, desarrollar y la innovación empresarial para la financiación de proyectos en Castilla y León.
Para el fomento de la movilidad sostenible
Se deduce el 15% de las cantidades pagadas por un vehículo turismo nuevo que sea eléctrico puro, eléctrico con autonomía extendida o híbrido enchufable con autonomía en modo eléctrico de más de 40 kilómetros. El importe máximo es de 4.000 euros por vehículo.
El valor de compra no puede superar los 40.000 euros y el vehículo no puede estar afecto a actividades económicas y ha de permanecer en el patrimonio del contribuyente al menos cuatro años.
Por adquisición de vivienda de nueva construcción para residencia habitual
Una deducción del 7,5% de las cantidades pagadas en 2024 para contribuyentes residentes en Castilla y León, que construyan su primera vivienda y que sea de nueva construcción. La base máxima de la deducción es de 9.040 euros y se puede aplicar en el ejercicio en que se pague la primera cantidad y los cuatro siguientes.