
La Agencia Tributaria (AEAT) ya permite desde hoy, no solo la descarga de los datos fiscales y de los contenidos informativos para elaborar las declaraciones de Impuesto sobre la Renta (IRPF) y Patrimonio, sino que también podemos presentarlas través de Internet.
Asimismo, desde el 5 de mayo y hasta el 30 de junio la declaración se podrá presentar por teléfono, y entre el 1 y el 30 de junio, se da la posibilidad de presentarla en las oficinas de la AEAT. No obstante, si el resultado que obtenemos sale a ingresar y lo pagamos con domiciliación bancaria, el plazo concluye unos días antes: el 27 de junio.
Repasar el borrador
Como todos los años es preciso revisar el borrador de la Renta antes de aceptarlo para no perder dinero, puesto que los borradores pueden contener errores o no contemplar cambios en las circunstancias familiares y personales que pueden suponer hasta 300 euros de media. En una situación delicada como la actual es preciso tener paciencia y que el contribuyente no se lance a aceptar el borrador con un clic.
Es preciso tener en cuenta que esta práctica puede suponer la presentación de un documento con errores, porque la AEAT puede no haber tenido conocimiento de algunos datos por operaciones realizadas tanto en las circunstancias personales como familiares.
Para calcular el borrador se utiliza la información recibida de terceros, como por ejemplo la de la empresa de la que se reciben rendimientos y cuotas a la Seguridad Social. La AEAT recibe datos de los bancos, tales como los intereses que han producido las cuentas bancarias, los dividendos, los planes de pensiones y las hipotecas. Desde el Catastro se recibe información de los inmuebles. Y de organismos públicos sobre ayudas y subvenciones.
En esta declaración, en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales de modelo 100, se han añadido tres casillas nuevas dentro del apartado Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales para que consignemos en ellas, las ayudas al Bono Cultural Joven, al Bono Alquiler Joven o la de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio.
No obstante, las modificaciones más destacables dentro de las Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales, uno, para las derivadas, de la transmisión de inmuebles y derechos reales sobre bienes inmuebles; otro, específico para la transmisión o permuta de monedas virtuales por particulares, que se deriva de las obligaciones informativas de tenencia y operativa con monedas virtuales y, otro, de carácter residual para Otros elementos patrimoniales.
Por otra parte, encontramos cambios en el modelo para incorporar las modificaciones normativas introducidas en las reducciones en la base imponible por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social.
Una segunda vía para solicitar la modificación del borrador es a través del teléfono, previa solicitud de cita a la AEAT, lo que se conoce como Plan Le Llamamos. Para ello, habrá que comunicar el NIF y el número de referencia. Pero, al igual que en años anteriores, no se confeccionan las declaraciones de Renta que estén en arrendamiento de inmuebles (más de dos inmuebles o contratos de alquiler) y alquileres turísticos con plataforma.
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