
Cerca de 22 millones de contribuyentes están llamados a hacer la declaración de la Renta en esta Campaña 2021-2022. Más de la mitad de ellos ya ha cumplido con Hacienda, pero aún quedan millones por presentar sus declaraciones, un acto que se puede solventar de manera mucho más eficaz si se atiende a la opinión de los expertos.
En materia de Renta, existen pocas voces más autorizadas que las de los miembros del sindicato de técnicos de Hacienda, Gestha. Como en cada ejercicio, han desarrollado una pequeña guía en su página web que incluye diez puntos a tener en cuenta a la hora de sacar el máximo partido posible a la declaración de la Renta.
No caer en precipitaciones
Se repite todos los años, pero no por ello deja de ser importante: en lugar de enviar la declaración a las primeras de cambio es muy recomendable dedicar un tiempo a comprobar la información que aparece reflejada, saber si existe el derecho a deducirse alguna cantidad...en definitiva, esos pequeños detalles que, por prisas, no se tienen en cuenta y pueden suponer la pérdida de ciertas ventajas.
El 'factor Filomena' y el 'factor La Palma'
Gestha explica que las ayudas concedidas por muerte o incapacidad permanente derivada del temporal 'Filomena', así como las ayudas por daños personales causados por la erupción del volcán de La Palma están exentas de tributación por el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
Obras de rehabilitación energética en edificios
Las ayudas y subvenciones recibidas en 2021 como consecuencia de actuaciones de rehabilitación energética en edificios no se integrarán en el ejercicio 2021 y además se condederán diferentes deducciones:
-Deducción del 20% por obras de hasta 5.000 euros que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración (hasta 2022).
-Deducción del 40% en obras de hasta 7.500 euros que reduzcan la demanda de energía primaria no renovable (hasta 2022).
-Deducción del 60% en obras de hasta 5.000 euros (acumulable hasta 15.000) de rehabilitación energética en edificios de carácter residencial (hasta 2023).
Ojo a estos cambios en los alquileres
Se reduce de seis a tres meses el plazo para que las cantidades adeudadas en ese concepto se consideren 'de dudoso cobro' y las rebajas en el precio del alquiler a consecuencia de la pandemia (iniciadas a partir del 14 de marzo de 2020) computan como gasto deducible para los meses de enero, febrero y marzo de 2021.
Los técnicos de Hacienda también hacen hincapié en que ahora el coste de adquisicón (de cara a las amortizaciones) de un inmueble heredado o donado "es el valor del bien en el Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones o su valor comprobado (excluido del cómputo el valor del suelo), más los gastos y tributos y, en su caso, las inversiones y mejoras efectuadas en los bienes adquiridos".
Mejoras en la tributación de actividades económicas
Al igual que en los alquileres, se baja de seis a tres meses el plazo considerado de dudoso cobro en empresas de menos de 10 millones de euros de facturación. También se permite renunciar a la tributación por módulos y recuperarlo sin esperar tres años.
Las reducciones de los planes de pensiones
Baja de 8.000 a 2.000 euros la reducción en la base imponible por la aportación a planes de pensiones, aunque el límite sube a 8.000 euros para aportaciones empresariales. Además, baja de 2.500 a 1.000 euros el límite para aportaciones a planes de pensiones de los que sea partícipe, mutualista o titular el cónyuge.
Nuevos tramos del IRPF
A partir de los 300.000 euros de ingresos aumenta el gravamen estatal al 24,5%, dependiendo el resto de la comunidad autónoma (en el caso más extremo puede llegar, en su conjunto, al 54%). También sube el gravamen del ahorro, que pasa al 26% (13% estatal y 13% autonómico).
Más ventajas por donativos
Se han aumentado las deducciones por donativos en cinco puntos porcentuales y se han ampliado los límites.
Las obligaciones del Ingreso Mínimo Vital
Todos sus beneficiarios en 2021 (y los miembros de su unidad de convivencia) están obligados a presentar la declaración, aunque las cantidades por debajo de 1,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) quedan exentas: 11.862,90 euros anuales.
Menores recargos si se te olvida presentar la Renta
Se han reducido los recargos en los supuestos de declaraciones fuera de plazo sin requerimiento previos: será de un 1% por cada mes de retraso, pasando a un 15% (más intereses de demora) cuando haya transcurrido un año.