MADRID (Reuters) - El Tribunal Constitucional declaró el martes inconstitucionales algunas medidas aprobadas por el Gobierno socialista de Andalucía en materia de vivienda, entre ellas la norma que determina la expropiación temporal de determinadas viviendas vacías.
La sentencia, de la que se desmarcan cuatro de los 11 magistrados del tribunal con votos particulares, considera por una parte que los aspectos relativos al derecho a la propiedad no se pueden regular mediante un decreto ley, y por otra señala que la medida de la expropiación invade competencias del Estado.
El Gobierno andaluz aprobó en 2013 un decreto para permitir la expropiación temporal de viviendas a los bancos para impedir desahucios y sancionar a las entidades financieras que no alquilaran su stock de viviendas vacías.
El aumento de los desahucios en España se convirtió en un frente clave de protesta durante la crisis, generando incontables movilizaciones en todo el país.
En su fallo, que estima de forma parcial el recurso del Gobierno central contra el decreto andaluz, el Constitucional señala que el Ejecutivo central ya había legislado para proteger a los deudores hipotecarios de forma compatible "con el adecuado funcionamiento del mercado hipotecario".
La sentencia explica que la normativa del Gobierno central prevé la suspensión de los desahucios y la promoción de un fondo social de viviendas propiedad de las entidades de crédito para facilitar el arrendamiento a personas desalojadas.
"La adición por la norma autonómica de un nuevo mecanismo orientado a satisfacer esa misma situación de necesidad rompe el carácter coherente de la acción pública en esta materia", dice el Tribunal, que añade que el decreto andaluz constituye un obstáculo significativo para la eficacia de la medida puesta en marcha por el Estado.
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