Contencioso administrativo

El Constitucional impide recurrir a las autonomías la 'extra' de 2012

  • Supondrá la extinción de la mayoría de de cuestiones formuladas

El Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Parlamento de Navarra contra el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. La norma suprimió la paga extraordinaria de diciembre de 2012 para los funcionarios.

El magistrado Ricardo Enríquez, ponente del fallo de 30 de abril de 2015, explica que "la doctrina constitucional ha admitido que el derecho consagrado en el artículo 23.2 de la Constitución se proyecta no solo en el momento del acceso a la función pública, sino también a lo largo de toda la duración de la relación funcionarial", por lo que es aplicable, "aunque con matices", a la provisión de puestos de trabajo. Pero ni de la doctrina ni de la Constitución se puede extraer "una vinculación o equiparación entre cualquier modificación del régimen de los empleados públicos, y singularmente de sus retribuciones, con el derecho reconocido en el artículo".

El Constitucional ha señalado que esto determinará también, por el mismo motivo, la extinción de la mayoría de las decenas de cuestiones de inconstitucionalidad formuladas por distintos órganos jurisdiccionales contra la supresión de la paga.

Cuestión de inconstitucionalidad

Anteriormente, el Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, había declarado extinguida, por pérdida sobrevenida de objeto, la cuestión de inconstitucionalidad formulada por la Audiencia Nacional contra el Real Decreto que suspendió el abono a los funcionarios de la paga extraordinaria de diciembre de 2012.

La decisión del Alto Tribunal, recogida en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Ollero, fue adoptada después de que el pasado mes de enero se hiciera efectiva la recuperación de una parte de dicha paga, tal y como se establecía en los Presupuestos Generales del Estado para 2015.

La cuestión de inconstitucionalidad contra el Real Decreto-ley que suprimió la paga extraordinaria de diciembre de 2012 a los funcionarios se planteó por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en el curso de un procedimiento en el que los representantes sindicales de los trabajadores de la Compañía Española de Tabaco en Rama (CETARSA) solicitaban la devolución de una parte del importe que habían dejado de percibir, según recoge Europa Press.

El Constitucional explica que la previsión contenida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015 tiene una incidencia "innegable" tanto en ese procedimiento laboral como en la presente cuestión de inconstitucionalidad, pues la recuperación por esos trabajadores de la parte proporcional correspondiente a los primeros 44 días de la paga "supone la satisfacción extraprocesal de la pretensión deducida en el proceso laboral sobre la que se articulaba la presente cuestión".

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