El mantenimiento durante toda la convivencia de una pareja de hecho, de la cotitularidad dominical de los dos convivientes sobre su vivienda, adquirida por mitad y pro indiviso, implica que la petición por uno de ellos de que es de su exclusiva propiedad por haberla pagado desconociendo la colaboración y la aportación de ella, supone la infracción de la doctrina de los actos propios. Lo recoge esta sentencia del TS, de 7 de febrero de 2011.