Cataluña

La indefensión del avalista

Juan Carlos Giménez-Salinas, Abogado

Se habla mucho de los deshauciados por incumplir los pagos de los préstamos hipotecarios y con razón. Nuestras ley y reglamento hipotecarios tienen más de cien años y se promulgaron para una sociedad en la que ser propietario era un privilegio de muy pocos y solamente unos pocos de estos pocos precisaban hipotecar sus bienes en garantía de préstamos, por cierto solo utilizados por aquellos que precisaban con urgencia de efectivo, ya que ni las empresas ni los particulares se hipotecaban.

La hipoteca, de ser un algo excepcional se ha convertido en un instrumento de masas para pagar a muy largo plazo un bien inmueble. Durante el plazo, 30 ó 40 años, de la hipoteca actual, tanto las personas como los inmuebles pueden sufrir multitud de cambios y este instrumento, las leyes hipotecarias nuevas, deben prever el poder adaptarse a estos cambios. Si no se hace asi, se incurrirá en desequilibrios entre las partes contratantes que producirán tensiones como las que vivimos hoy. Además quiero indicar que muchas veces existe un tercero en estos contratos hipotecarios que es quien posee el mayor riesgo, riesgo total en caso de impago de la hipoteca. Esta persona es el avalista de un contrato de hipoteca. Ya dice el refrán "quien avala paga" y que además se cumple en muchos de los casos.

El avalista solo puede hacer que pagar y a cambio del pago no recibe nada a cambio porque el bien inmueble se salva y permanece en poder del avalado deudor. Y si el avalista se niega al pago se le embargan sus bienes hasta conseguir el pago total de la deuda y el avalado se queda como propietario y sin deudas. Negocio redondo. Si a ello añadimos que normalmente los avalistas son los padres del avalado, lo tenemos claro, los padres, en caso de impago de los hijos pierden su patrimonio. Normalmente ocurre que los padres, al avalar, son conscientes del riesgo que corren pero harían cualquier cosa por un hijo a quien quieren y en quien confían y en alguna ocasión, a quien temen. Quiero aquí narrar un caso que viví: Madre viuda, anciana, vive de una pensión holgada en un piso de cierto lujo, un dia su hijo único le solicita avale un préstamo para adquirir un velero, ella acepta sin pensarlo dos veces. El hijo único no paga ni la primera cuota del préstamo, la madre pierde el piso y parte de la pensión y acaba en una residencia pública y el hijo continúa navegando en su barco. Se me ocurre que la nueva ley que se está estudiando estos días para suavizar las ejecuciones hipotecarias debería considerar nulos todos los avales, es decir, no debería admitir ningún aval sobre un préstamo hipotecario. En este caso el banco debería rechazar conceder hipotecas a quien no considere fiable o no ofrezca suficientes garantías de pago y los terceros avalistas desaparecerían.

Téngase en cuenta que el aval siempre se presta en cierto modo obligado. Nadie avala por gusto. Es cierto que existe el negocio de avalar cobrando cantidades importantes por ello, pero esta es otra cuestión que nada tiene que ver con lo que aquí relatamos.

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