Cataluña

El Supremo avala la sociedad mixta que gestiona el servicio de agua en el área de Barcelona

  • Anula el fallo del TSJC en 2016 que invalidaba la constitución de la empresa
  • Colau era contraria a esta compañía y abogaba por la gestión pública
  • Acciona, Aqualia y Aguas de Valencia fueron las que denunciaron la sociedad mixta
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El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de 2016 que invalidaba la adjudicación del servicio del agua en el área metropolitana de Barcelona a una empresa público-privada creada en 2013 -con Xavier Trias (CiU) como alcalde- por considerar insuficientes los argumentos para su constitución sin concurso público, y ha avalado la legitimidad de esta compañía mixta, que lidera Agbar con un 70% de las acciones.

Esta empresa mixta, denominada Aigües de Barcelona Empresa Metropolitana de Gestió del Cicle Integral de l'Aigua y que también está participada en un 15% por el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) y en otro 15% por CriteriaCaixa, se encarga del suministro de agua potable y del saneamiento y depuración en la ciudad de Barcelona y otros 23 municipios, lo que suma unos tres millones de habitantes.

De hecho, fueron empresas competidoras -Aqualia (FCC), Acciona y dos sociedades del grupo Aguas de Valencia- las que denunciaron la creación de la empresa público-privada sin abrir un concurso público previo.

La sentencia del Supremo considera que fue legal la constitución de la empresa mixta en 2012

La sentencia del Supremo admite los argumentos de Agbar y considera que la compañía contaba con la concesión para el servicio de agua desde 1953, y que fue legal la constitución de la empresa mixta en 2012 a través de un procedimiento negociado, en vez de concurrencia pública, teniendo en cuenta que Agbar era titular exclusiva de la infraestructura a través de la que se presta el servicio.

El fallo supone que la empresa mixta Aigües de Barcelona será la gestora del ciclo integral del agua en el Área Metropolitana de Barcelona hasta el año 2047, y que si el Ayuntamiento de Barcelona quiere remunicipalizar el servicio debería pagar cientos de millones a Agbar.

Cuando Ada Colau llegó a la alcaldía de Barcelona se mostró contraria a esta empresa mixta, ya que la líder de Barcelona en Comú abogaba por recuperar la gestión pública del servicio, si bien ello debía pasar por indemnizar a Agbar por la municipalización, a no ser que la creación de la compañía mixta fuese invalidada.

El consistorio aducía falta de documentación que acreditase la concesión de Agbar desde los años 50, y tampoco estaba conforme con la valoración económica de las infraestructuras que requerirían expropiación.

Valor de los activos

Agbar ha destacado este miércoles en un comunicado que el fallo del Supremo ratifica la valoración de sus activos, por un valor 476 millones de euros, realizada durante la constitución de la empresa mixta y "avalada en su momento por los expertos designados por el Registro Mercantil".

Añade que el Tribunal Supremo sentencia también que Agbar dispone de los títulos jurídicos válidos y plenos para realizar el suministro domiciliario, y por ello es correcta la valoración económica de la aportación realizada en la constitución de la empresa mixta.

En junio de 2018, el Gobierno de Colau publicó un informe en el consideraba que sólo se deberían indemnizar los activos pendientes de amortizar –por valor de 40,9 millones de euros en la ciudad, respecto a un total de 130 millones calculados por la AMB para toda la zona-, mientras que la compañía cifró en 2017 en 1.000 millones de euros la indemnización que la AMB debería pagar si anulara el contrato de suministro estipulado hasta 2047.

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